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Convenio entre España y Paraguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
29/07/2024
Comentario:
Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo, hecho en Santo Domingo el 25 de marzo de 2023.
- El presente convenio entrará en vigor el 14 de octubre de 2024, a los noventa días después de la fecha de la última notificación mediante la cual los Estados contratantes se comunicaron, por escrito y por las vías diplomáticas, el cumplimiento de las formalidades constitucionales y legales internas necesarias, según se establece en su artículo 27.
- Este Convenio tiene por objeto fomentar las relaciones económicas, estimular las inversiones y reforzar la cooperación bilateral en materia tributaria entre ambos países, sin generar oportunidades de no imposición o de una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales, incluidas las estrategias de elusión mediante la utilización abusiva de los convenios por terceros.
- Para la negociación de este Convenio se celebraron rondas en 2013 y 2014. Finalmente, en la tercera ronda de negociaciones, celebrada en Madrid el 7 de noviembre de 2022, se alcanzó el acuerdo en todos sus artículos. La firma del Convenio de doble Imposición entre el Reino de España y la República de Paraguay fue autorizada por el Consejo de Ministros de 28 de febrero de 2023, firmándose el mismo en Santo Domingo (República Dominicana) el 25 de marzo de 2023.
- El Convenio establece los criterios relativos a la imposición sobre las rentas inmobiliarias, beneficios empresariales, transporte marítimo y aéreo, empresas asociadas, dividendos, intereses, cánones o regalías, ganancias de capital, servicios personales dependientes, remuneraciones en calidad de consejeros y directores, rentas de artistas y deportistas, pensiones, funciones públicas, estudiantes y otras rentas.
- El texto incorpora los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Este Convenio integra los últimos cambios que se han producido en el Modelo Convenio Tributario de la OCDE para evitar la doble imposición y en el marco del Plan de Acción contra la erosión de la Base Imponible y el traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) de la OCDE/G20, de lucha contra la elusión fiscal internacional de las grandes multinacionales. (Texto completo: BOE, 29.07.2024).
Noticias relacionadas:
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República de Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho Convenio. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 20.02.2024).
- Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio entre España y Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 28.02.2023).
Solicitud de autorización para su ratificación:
- Texto completo (BOCG: 01.03.2024).
Otros Convenios ratificados por España en materia fiscal:
- Albania, Argentina, Bélgica, Canadá, Catar, Costa Rica, Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, Chipre, República Dominicana, EEUU, Georgia, India, Reino Unido, Repúblicas Socialistas Soviéticas, Serbia y Singapur.
- .Recopilación externa de todos los Convenios de doble imposición firmados por España.
Convenios bilaterales entre España y República de Paraguay:
- Convenio sobre doble nacionalidad.
- Protocolo adicional modificando el Convenio de doble nacionalidad.
- Acuerdo sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones diplomáticas y Oficinas consulares.
- Acuerdo sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
- Acuerdo Administrativo para aplicar el Convenio de Seguridad Social con Paraguay.
- Acuerdo sobre transporte aéreo.
- Convenio con Paraguay de seguridad ciudadana.