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Instrucción 03/2019. Normas generales sobre internos extranjeros.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Instrucciones
Fecha:
14/02/2019
Comentario:
Instrucción 03/2019, de 14 de febrero de 2019. Normas generales sobre internos extranjeros. Programa integral de intervención con internos extranjeros.
- De acuerdo con lo expuesto en la Introducción de esta Instrucción: todos los cambios legales producidos hacían necesaria una revisión de la instrucción 18/2005, de 21 de diciembre, sobre Extranjería.
- La nueva instrucción aborda los siguientes extremos: I. INTRODUCCIÓN. II. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN CON INTERNOS EXTRANJEROS. 1. INGRESO DE LIBERTAD: 1.a. Información; 1.b Datos personales y sociales; 1.c Documentación; 1.d Comunicación gubernativa; 1.e Expediente personal. 2. TRASLADO Y LIBERTAD CONDICIONAL EN EL PAÍS DE ORIGEN, NACIONALIDAD O RESIDENCIA. 2.1 TRASLADO PARA CONTINUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA EN CASO DE INTERNOS PERTENECIENTES A PAÍSES NO COMUNITARIOS: A. Tramitación; B. Concesión. 2.2. TRASLADO DE PENADOS COMUNITARIOS. 2.3 CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN ELPAÍS DE ORIGEN, NACIONALIDAD O RESIDENCIA: A. Tramitación; B. Concesión. 2.4 CUMPLIMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL EN OTRO ESTADO MIEMBRO POR PARTE DE INTERNOS COMUNITARIOS: A. Tramitación; B. Concesión. 3. EXPULSIÓN: 3.1 EXPULSIÓN ADMINISTRATIVA. 3.2 ACTUACIONES CON PREVENTIVOS. 3.3. ACTUACIÓN CON PENADOS: 3.3.1 CONCURRENCIA DE CONDENAS SUSTITUIDAS POR EXPULSIÓN CON CAUSAS PREVENTIVAS Y CONDENAS NO SUSTITUIDAS: A. CONCURRENCIA DE EXPULSIÓN CON SUSTITUTIVA CON CAUSA PREVENTIVA; B. CONCURRENCIA DE EXPULSIÓN SUSTITUTIVA CON CAUSA PENADA; 3.3.2 SI SE HA SUSTITUIDO LA PRISIÓN POR LA EXPULSIÓN JUDICIAL; 3.3.3 NO SE HA SUSTITUIDO LA PENA POR EXPULSIÓN. 4. COOPERACIÓN INTERNACIONAL: 4.1 CORTE PENAL INTERNACIONAL. 4.2 PROTECCIÓN INTERNACIONAL. 4.3 PROCEDIMIENTOS DE ENTREGA, EXTRADICIÓN O EXPULSIÓN DE INTERNOS. 5. ESTADÍSTICA. 6. RECURSOS. III. TRATAMIENTO E INTERVENCIÓN EDUCATIVA CON INTERNOS EXTRANJEROS. PROGRAMA INDIVIDUALIZADO DE TRATAMIENTO; LA RESINSERCIÓN SOCIAL DEL INTERNO EXTRANJERO. INTERVENCIÓN EDUCATIVA; 4. ACTIVIDADES LABORALES: 4.1 EN LOS TALLERES PRODUCTIVOS DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS. 4.2 EN RÉGIMEN ABIERTO O EN LIBERTAD CONDICIONAL. DISPOSICIONES ADICIONALES. PRIMERA. Fallecimiento, enfermedad, accidente. SEGUNDA. Comunicaciones con Consulados. TERCERA. Autorizaciones, visitas. CUARTA. Petición de información. QUINTA. Videoconferencias con familiares y allegados. SEXTA: Tratamiento de datos de archivos o registros públicos. SÉPTIMA. Actualización de ANEXOS. DISPOSICIÓN DEROGATORIA. DISPOSICIÓN FINAL. Quedan derogadas las Instrucciones 18/2005, 05/2008, 21/2011 y del apartado II de la Instrucción 04/2015 puntos 2 y 3.1.8 (Texto completo).
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