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Convenio entre España y el Japón sobre servicios aéreos.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
16/10/2018
Comentario:
Acuerdo por el que se acepta la enmienda del Anexo del Convenio entre España y el Japón sobre servicios aéreos, hecho en Madrid el 18 de marzo de 1980. Intercambio de Notas por el que se enmienda el Anexo del Convenio entre España y el Japón sobre servicios aéreos, hecho en Madrid el 16 de octubre de 2018.
- La enmienda entró en vigor el 16 de octubre de 2018.
- De acuerdo a la modificación aceptada por ambas partes, se permitirá una mayor flexibilidad en el establecimiento de rutas aéreas comerciales, otorgándole, a las autoridades aeronáuticas, una mayor libertad en la elección de puntos territoriales en Japón, puntos intermedios, puntos en España y puntos más allá de las rutas explotadas por ambos países.
- La selección de los puntos territoriales será competencia exclusiva de las compañías aéreas, tal como queda especificado en el Anexo. Tras la selección de los puntos, estos deberán ser notificados cuarenta y cinco (45) días antes del inicio de los servicios a ambas autoridades aeronáuticas, cabiendo la posibilidad de ser sustituidos de igual manera.
- Conforme al presente Convenio, las enmiendas entrarán en vigor mediante intercambio de Notas Diplomáticas. Por consiguiente, tan solo se precisará de la aceptación por parte del Consejo de Ministros (www.boe.es/boe/dias/2018/11/07/pdfs/BOE-A-2018-15236.pdf).
- Se acepta la enmienda del Anexo del Convenio entre España y Japón sobre servicios aéreos, hecho en Madrid el 18 de marzo de 1980.
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se acepta la enmienda del Anexo del Convenio entre España y el Japón sobre servicios aéreos, hecho en Madrid el 18 de marzo de 1980. © Moncloa.es. Consejo de Ministros (11.10.2018).
Otros Estados obligados con España por acuerdos sobre transporte aéreo:
- Angola, Arabia Saudí, Argelia, Armenia, China, Colombia, Commonwealth de las Bahamas, Corea, Costa de Marfil, Etiopía, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Jamaica, Qatar, Mali, Mexico, Países Bajos respecto de Curazao, Paraguay, Ruanda, Sri Lanka, Uzbekistán y Vietnam.
En relación a los acuerdos que obligan a España con Japón:
- Convenio de cooperación y asistencia mutua en materia aduanera.
- Convenio de Seguridad Social entre España y Japón.
- Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre España y Japón.
- Convenio entre España y Japón para eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y prevenir la elusión y evasión fiscal.
- Acuerdo entre España y Japón relativo al Programa de vacaciones y actividades laborales esporádicas.
- Orden AEC/473/2016. Crea una Oficina Consular Honoraria de España en Takamatsu (Japón).
Textos que vinculan a la UE con Japón:
- Decisión 07.10.2010. Relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre asistencia judicial en materia penal.
- RPE 07.09. 2010. Sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón sobre asistencia judicial en materia penal.
- Acuerdo de Asociación Estratégica entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Japón, por otra.
Convenio modificado: