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Enmienda al artículo 8 y las Enmiendas relativas al crimen de agresión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Tipo de Legislación:
Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto:
Tratados multilaterales
Fecha:
10/06/2010
Comentario:
Instrumento de ratificación de la Enmienda al artículo 8 y las Enmiendas relativas al crimen de agresión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptadas en Kampala el 10 y 11 de junio de 2010.
- Estas Enmiendas entrarán en vigor para España el 25 de septiembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo 121 del Estatuto de Roma (Texto completo).
Normativa vinculada:
- Ley Orgánica 5/2014, de 17 de septiembre, por la que se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se dispone la ratificación e Informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra y al crimen de agresión. © Moncloa.es. Consejo de Ministros (20.06.2014).