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Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República de Kazajstán.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
18/07/2013
Comentario:
Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República de Kazajstán, hecho en Madrid el 21 de noviembre de 2012.
- El presente Tratado entrará en vigor el 1 de agosto de 2013, primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la recepción de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales requeridas en cada uno de los Estados, según establece su artículo 17 (BOE, 18-VII-2012). No obstante, se aplicó de forma provisional desde el 21 de diciembre de 2012 (Texto completo/pdf).
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República de Kazajstán (Consejo de Ministros: 01.03.2013).
- Petición de autorización (BOCG. Congreso Diputados: 15.03.2013).
Otros acuerdos con el mismo país:
- Asociación Estratégica.
- Acuerdo sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos.
- Convenio sobre supresión de doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
- Tratado de extradición.