Noticias
- 23/12/2024
- 23/12/2024
- 23/12/2024
- 20/12/2024
Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.
Ley 9/2010, de 30 de agosto, del derecho a la vivienda de la Comunidad de Castilla y León.
Derecho a la vivienda
Artículo 5. Colectivos de especial protección en el acceso a la vivienda de protección pública.
1. Tendrán la consideración de colectivos de especial protección los siguientes:
a) Las familias, y en particular las familias numerosas, las familias monoparentales con hijos menores de edad a cargo o mayores de edad en situación de dependencia, así como las familias con parto múltiple o adopción simultánea, conforme a lo dispuesto en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León.
b) Los jóvenes.
c) Las personas con discapacidad o unidades familiares en las que convivan personas con discapacidad.
d) Las personas de 65 años o más, o unidades familiares con personas de 65 años o más.
e) Las víctimas de violencia de género y las de terrorismo.
f) Otros colectivos en riesgo de exclusión social y aquellos que pudieran establecerse reglamentariamente.
2. A los inmigrantes que residan legalmente en la Comunidad de Castilla y León les serán de aplicación los derechos y obligaciones previstos en la presente ley en la adquisición, arrendamiento y uso de una vivienda.
3. El acceso a una vivienda de protección pública de los colectivos recogidos en este artículo estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos.