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Orden INT/985/2023 por la que se modifica la Orden INT/859/2023, de desarrollo la estructura orgánica y funciones de los servicios de la Dirección General de la Policía.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Ordenes ministeriales
Fecha:
16/08/2023
Comentario:
Orden INT/985/2023, de 16 de agosto, por la que se modifica la Orden INT/859/2023, de 21 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía.
- Artículo único. Modificación de la Orden INT/859/2023, de 21 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía. El artículo 8.2.e) de la Orden INT/859/2023, de 21 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía, queda redactado de la siguiente forma: «El Centro Nacional de Inmigración y Fronteras. Le corresponde la actividad de inteligencia criminal en las áreas de competencia de la Comisaría General. Se hace cargo de la elaboración y seguimiento de la aplicación de la normativa de la Unión Europea e internacional en materias propias de la Comisaría General para cuyo cumplimiento actúa como Oficina Central Nacional. Asume la elaboración de los informes especializados solicitados por órganos nacionales e internacionales en materia de extranjería y fronteras, así como la coordinación estratégica y su impacto operativo. A los efectos previstos en el Reglamento (UE) 2019/1896 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2019, sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1052/2013 y (UE) 2016/1624, contribuye, en el ámbito de competencias de la Comisaría General, al Punto Nacional de Contacto con la citada Agencia (NFPOC, por sus siglas en inglés) y al Centro Nacional de Coordinación (NCC, por sus siglas en inglés). Coordina los Puntos de Contacto Nacionales integrados en la Comisaría General para el intercambio de información y la cooperación técnica y operativa en el ámbito de la inmigración y el control de las fronteras con unidades homólogas, especialmente sobre la evaluación de vulnerabilidad de los puestos fronterizos, los flujos migratorios, la inmigración irregular y el cruce ilegal de las fronteras, prestando, en su caso, apoyo en las fronteras exteriores, coordinando las actuaciones que sean necesarias desde el punto de vista operativo, material, técnico, logístico u organizativo, para el correcto desempeño de sus cometidos. De esta Unidad depende la Brigada de Coordinación para asuntos relacionados con la Agencia FRONTEX del ámbito competencial de la CGEF, que gestiona y coordina las actividades que, dentro del ámbito de la Comisaria General, estén relacionadas con las acciones de la Guardia Europea de Fronteras y Costas.»
- Disposición final única. Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (Texto completo: BOE, 17.08.2023).