Orden PCI/7/2019, por la que se habilita el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Ordenes ministeriales
Fecha: 11/01/2019
Comentario:

 

Orden PCI/7/2019, de 11 de enero, por la que se habilita el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo.

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  • Artículo único. Habilitación del Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo. Se habilita el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo, declarándolo frontera exterior Schengen, que tendrá a todos los efectos la consideración de paso fronterizo para autorizar el acceso o la salida del territorio Schengen desde o hacia Estados no firmantes del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Shengen.
  • Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE, 12.01.2019: Texto completo).

Anterior declaración de habilitación de puestos fronterizos:

Bibliografia:

  • Álvarez Rodríguez, Aurelia.: "Requisitos para la entrada en territorio español", Cavas Martínez, Faustino (Dir.).: Comentarios a Ley de Extranjería y a su nuevo Reglamento, Cizur Menor (Navarra), Aranzadi-Thomson Reuters, 2011, pp. 373-391.
  • Álvarez Rodríguez, Aurelia.: "Requisitos para acceder de forma regular al territorio español (Comentario al artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social",  Monereo Pérez, J.L. (Dir.), Fernández Avilés, J.A. y Luis Ángel Triguero Martínez, L.A. (Coords).: Comentario a la LOEx y RELOEx, Granada, Comares, 2012, pp. 381-405. 
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León