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Orden SND/1376/2021 modifica y prorroga la Orden SND/1309/2021, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Ordenes ministeriales
Fecha:
09/12/2021
Comentario:
Orden SND/1376/2021, de 9 de diciembre, por la que se modifica y se prorroga la Orden SND/1309/2021, de 26 de noviembre, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Primero. Modificación de los países de alto riesgo. Se modifica el apartado segundo de la Orden SND/1309/2021, de 26 de noviembre, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que queda redactado de la siguiente manera: «En base a su evolución epidemiológica, se consideran como países de alto riesgo los nueve siguientes: – República de Botsuana. – Reino de Eswatini. – Reino de Lesotho. – República de Malawi. – República de Mozambique. – República de Namibia. – República de Sudáfrica. – República de Zambia. República de Zimbabue.
- Segundo. Prórroga de la Orden SND/1309/2021, de 26 de noviembre, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Queda prorrogado lo dispuesto en los apartados primero, tercero y cuarto de la Orden SND/1309/2021, de 26 de noviembre. (…)
- Cuarto. Efectos. La presente orden producirá efectos desde las 00:00 horas del 13 de diciembre de 2021 hasta las 24:00 horas del 26 de diciembre de 2021, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan (Texto completo).
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