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Orden SSI/200/2013, de 7 de febrero, por la que se aprueban los modelos de impresos de documentos a utilizar en el ámbito médico de la sanidad exterior.
Orden SSI/200/2013, de 7 de febrero, por la que se aprueban los modelos de impresos de documentos a utilizar en el ámbito médico de la sanidad exterior.
- Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.
- Texto completo (pdf).
El Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior, dispone que corresponde a dicho Departamento, entre otras funciones, el control y la vigilancia higiénico-sanitaria en el tráfico internacional de: personas; cadáveres y restos humanos; mercancías, sin perjuicio de las competencias de los Ministerios de Economía y Competitividad y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; y medios de transporte.
Para el desarrollo de las funciones que, como autoridad sanitaria en los puertos y aeropuertos internacionales, se encuentran establecidas en el citado real decreto, el personal médico de las áreas de sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno necesita disponer de una serie de impresos y formularios administrativos.
En este sentido, la Orden de 14 de enero de 1988 por la que se aprueban los modelos de impresos de documentos administrativos a utilizar en Sanidad Exterior, recoge algunos de los impresos que las referidas áreas han venido utilizando en el desarrollo de su actividad, entre ellos, los establecidos en el Reglamento Sanitario Internacional de 1969, vigente en el momento de aprobarse la citada orden.
El Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria contempla en sus artículos 34 a 39 todo lo relacionado con el traslado internacional de cadáveres y restos cadavéricos, siendo ésta la única competencia que mantiene el Estado en esta cuestión. A su vez, el Acuerdo de Estrasburgo contempla el modelo de Salvoconducto Mortuorio, cuya utilización es preceptiva para los traslados internacionales de cadáveres entre los países firmantes de dicho acuerdo, por lo que se hace necesario disponer de modelos oficiales basados en el mismo.
El nuevo Reglamento Sanitario Internacional 2005, ha revisado y actualizado el de 1969 en función de las nuevas exigencias que en materia de salud pública están surgiendo en el contexto internacional, derogando determinados certificados del anteriormente vigente y estableciendo otros modelos que, desde el punto de vista sanitario, deben ser utilizados en el tráfico internacional.
Por todo lo anterior, se considera oportuno reunir en una misma norma todos los documentos administrativos que se utilizan en el ámbito médico de sanidad exterior, tanto los incluidos en la citada orden de 14 de enero de 1988, debidamente adaptados al nuevo Reglamento Sanitario Internacional-2005, como otros documentos cuya utilización resulta necesaria en el referido ámbito. En la presente orden se establecen los modelos de solicitudes que los interesados deberán presentar para obtener determinados documentos y certificados que los servicios de sanidad exterior podrán emitir y cuyos modelos también se incluyen. Se establecen asimismo, los modelos de los certificados que sanidad exterior podrá igualmente emitir sin la necesidad de una solicitud previa. Por último, se establecen los modelos de las declaraciones que los interesados podrán presentar a sanidad exterior cuando tengan la obligación de informar de determinadas circunstancias.
Esta orden se dicta en uso de la habilitación conferida por la disposición final del Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior y en su elaboración han sido oídos los sectores afectados.