Acuerdo entre España y la República Portuguesa de cooperación en materia de defensa.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 22/06/2015
Comentario:

Flag of Portugal.svgAcuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa de cooperación en materia de defensa, hecho en Bayona el 22 de junio de 2015.

  • El presente Acuerdo entró en vigor el 29 de junio de 2017, treinta días después de la fecha de recepción de la última notificación, por escrito y por vía diplomática, de que se cumplieron los requisitos necesarios del derecho interno de las Partes, según se establece en su artículo 16.
  • Finalidad del texto: actualizar el marco jurídico de las relaciones bilaterales en el ámbito de la Defensa en el convencimiento de que una cooperación fuerte y consistente entre los dos Estados, unidos históricamente por la amistad y la integración en los mismos espacios comunes de Seguridad y Defensa, servirá a los fines de estabilidad, paz y seguridad internacional.
  • El artículo 8 incluye las disposiciones en materia jurisdiccional y disciplinaria disponiendo, entre otras cosas, que “las autoridades del Estado receptor ejercerán su jurisdicción sobre los miembros de la Fuerza o del elemento civil, así como sobre las personas a su cargo, en lo relativo a las infracciones cometidas en el territorio de ese Estado y que sean sancionables según su legislación” (Texto completo).

Normativa relacionada:

Otros acuerdos que vinculan a España y Portugal:

Información complementaria sobre Portugal:

  • Orden AEC/1943/2010. Se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Elvas (Portugal) y se suprime el Viceconsulado Honorario de España en Moura (Portugal).
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León