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Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre el cierre de los centros de internamiento de extranjeros.
Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre el cierre de los centros de internamiento de extranjeros.
Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el cierre de los centros de internamiento de extranjeros, para su debate en el Pleno de esta Cámara.
La AEDIDH (Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos) revela mediante un dictamen presentado ante el Comité de las NNUU para la Eliminación de la Discriminación Racial (CEDR) que en el año 2009 de las 16.590 personas extranjeras internadas en los CIES, 8.935 fueron expulsadas del país.
La actual legislación de extranjería obliga al internamiento preventivo y sistemático de toda persona extranjera en situación administrativa irregular, a pesar de que no haya cometido ningún delito, a los efectos de asegurar su expulsión.
La estancia de una persona extranjera en estos centros puede durar hasta sesenta días. Una vez agotado ese plazo, y con independencia del estado en el que se encuentre el procedimiento administrativo sancionador, la persona extranjera internada debe ser necesariamente puesta en libertad.
Puesto que el internamiento en los CIE se concibe como una medida cautelar de aseguramiento personal durante la tramitación de un procedimiento administrativo de expulsión, resulta contradictorio que en casi la mitad de los casos el procedimiento no haya culminado con el efecto que se pretendía asegurar con la medida.
De lo que se infiere que la privación del derecho a la libertad de las personas no estuvo justificada en la mitad de los casos.
En este sentido, la AEDIDH manifiesta que el internamiento preventivo y sistemático de toda persona extranjera en situación administrativa irregular que no haya cometido ningún delito en CIE, es contrario al derecho a la libertad y a la seguridad personales proclamado en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Además, se trata de una medida legislativa desproporcionada en relación al objetivo del Estado de regular las migraciones, es discriminatoria y por tanto incompatible con el artículo 5 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CIEDR). Por lo tanto, debería abolirse el internamiento en CIE y ser sustituido por otras medidas cautelares que sean compatibles con el derecho a la libertad y seguridad de todas las personas y no discriminatorias, tales como: la notificación periódica a las autoridades, el depósito de una garantía financiera, o la obligación de permanecer en un domicilio designado, un centro abierto u otro tipo de vivienda especial.
Por lo que se refiere a España, la AEDIDH también denuncia que el régimen de internamiento infligido a las personas extranjeras no documentadas no respeta la propia legislación española de extranjería, como lo han puesto de manifiesto los informes citados del Defensor del Pueblo, de la Fiscalía General del Estado y de varias organizaciones de la sociedad civil. En efecto, se han descrito condiciones inhumanas de internamiento en todos los CIE; frecuentes abusos y malos tratos; dificultades y trabas para acceder al Juez, al Fiscal, a sus abogados, familiares y asistencia médica. Todo ello documenta otras violaciones de derechos humanos no derogables, tales como el derecho a la integridad física y moral, así como el derecho a un recurso efectivo. En definitiva, las personas internadas en los CIE sufren una discriminación múltiple que es incompatible con los artículos 5 y 6 de la CIEDR.
Tampoco se respetan en los CIE los derechos económicos, sociales y culturales de las personas internadas, en particular el derecho de acceso en condiciones de igualdad a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales a que tiene derecho toda persona privada de libertad. Lo que supone una situación discriminatoria que es contraria al artículo 5 de la CIEDR.
Por todo ello, se presenta la siguiente Proposición no de Ley
- «El Congreso de los Diputados insta al Gobierno al cierre de todos de los centros de internamiento existentes en nuestro país y al establecimiento de medidas alternativas para el control de las migraciones.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de febrero de 2011.—Gaspar Llamazares Trigo, Diputado.— María Nuria Buenaventura Puig, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.
Normativa actual:
Propuestas de nueva reglamentación:
Bibliografia e informes:
- Detención e internamiento de extranjeros.
- Voces desde y contra los Centros de Internamiento de Extranjeros. (CIE). Para quien quiera oír
- Informe Técnico de 10 de diciembre de 2009 realizado por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en el marco del estudio europeo DEVAS.
- 100 ventanas a 5.000 vidas truncadas. Informe de Pueblos Unidos sobre el CIE de Aluche en 2010.
- Informe sobre los Centros de Internamiento de Emigrantes en España y su incompatibilidad con la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial.
- Respuesta del Defensor del Pueblo sobre el CIE de Valencia “Zapadores”.
Jurisprudencia vinculada:
- STEDHU de 19 de enero de 2010.
- Auto del Juzgado de Instrucción núm. 6 de Madrid de 13 de enero de 2011.
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Proposicion_11_03_2011 (191 KB)