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Resolución DGRAJ de 25 de septiembre de 2014 por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de las profesiones de Abogado y Procurador en España por parte de ciudadanos de la UE y del EEE.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Resoluciones
Fecha:
25/09/2014
Comentario:
Resolución de 25 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Primero. Convocatoria. Se convocan las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Abogado por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Segundo. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, requisito que se deberá mantener hasta la finalización de la prueba. 2. Estar en posesión del título oficial de Abogado obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en los términos establecidos en el artículo 3 de de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo.
- Tercero. Solicitud de admisión a la prueba de aptitud. Quienes deseen participar en la prueba deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión (modelo 790-Código 007, en cuya parte superior figura «Ministerio de Justicia - Solicitud de admisión a pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la UE y EEE y liquidación de la tasa de derechos de examen») que se podrá descargar gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es). En el caso de solicitudes cursadas en el extranjero, se deberá rellenar el modelo de solicitud recogido en el anexo I de la presente Resolución, en lugar del modelo 790 anteriormente referenciado. En ambos casos, deberá acompañarse declaración responsable relativa a la posesión del título de Abogado expedido en alguno de los Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, según el modelo contenido en el anexo II de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo, indicando de forma expresa la denominación oficial de su profesión en su Estado de origen, de acuerdo con las que se indican en el Anexo I de la Orden PRE/421/2013, de 15 de marzo (Texto completo/pdf).
Datos posteriores sobre dicha convocatoria:
- Resolución DGRAJ 31.10.2014. Aprueba las listas provisionales de admitidos y excluidos en las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la UE y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el EEE (BOE, 8-XI-2014).
Normativa vinculada:
- Arts. 22 y 23 del RD 1837/2008 (arts. 22 y 23).
- Directiva 2006/100/CE.
- Orden PRE/421/2013 que deroga la Orden de 30 de abril de 1996.
Convocatorias anteriores: