Real Decreto 150/2014, por el que se modifica el RD 775/2011 sobre acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 07/03/2014
Comentario:

Real Decreto 150/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.

  • Disposición final única. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 
  • Artículo único. Modificación del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
    El Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, queda modificado como sigue: Uno. El apartado 3 del artículo 17 queda redactado de la siguiente manera: «3. La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples». Dos. Los apartados 2 y 3 del artículo 20 quedan redactados de la siguiente a:  «2. La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70% de la obtenida en la evaluación y del 30% de la nota obtenida en el curso de formación regulado en el artículo 4.  3. Cada aspirante recibirá la calificación de forma individualizada y anónima» (Texto completo). 

Normativa incorporada:

Dato importante:

  • La convocatoria de la primera prueba se dará a conocer en próximos días. En cualquier caso, el examen no podrá producirse, al menos, hasta tres meses después de publicarse la fecha.

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