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Real Decreto 150/2014, por el que se modifica el RD 775/2011 sobre acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Reales decretos
Fecha:
07/03/2014
Comentario:
Real Decreto 150/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
- Disposición final única. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
- Artículo único. Modificación del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
El Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, queda modificado como sigue: Uno. El apartado 3 del artículo 17 queda redactado de la siguiente manera: «3. La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples». Dos. Los apartados 2 y 3 del artículo 20 quedan redactados de la siguiente a: «2. La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70% de la obtenida en la evaluación y del 30% de la nota obtenida en el curso de formación regulado en el artículo 4. 3. Cada aspirante recibirá la calificación de forma individualizada y anónima» (Texto completo).
Normativa incorporada:
Dato importante:
- La convocatoria de la primera prueba se dará a conocer en próximos días. En cualquier caso, el examen no podrá producirse, al menos, hasta tres meses después de publicarse la fecha.
Noticia relacionada:
- Fijada la prueba que permitirá acceder a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales. Moncloa.es (Consejo de Ministros 07.03. 2014).