Real Decreto 357/2015, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la OIT, en buques españoles.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 08/05/2015
Comentario:

Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles.

  • El texto articula un procedimiento coordinado de inspección y control de los requisitos que han de cumplir los buques civiles españoles a los que sea de aplicación el Convenio. Con este paso se incorpora al ordenamiento jurídico español una Directiva 2013/54/UE sobre determinadas responsabilidades del Estado del pabellón en materia de cumplimiento y control del Convenio sobre el trabajo marítimo.
  • Cabe recordar que el Convenio de la OIT recoge tanto el derecho de la gente del mar a trabajar en condiciones de trabajo decente, como la responsabilidad que incumbe a cada Estado de cumplir plenamente y controlar la aplicación del mismo. En el caso de España, estas tareas competen a diferentes organismos de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social y de Fomento.
    Distribución de funciones.
  • A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le corresponde la vigilancia y exigencia de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos en el ámbito de las normas de ordenación del trabajo y relaciones sindicales, prevención de riesgos laborales, sistema de seguridad social y empleo.
  • Por otra parte, al Instituto Social de la Marina le compete la realización de programas y actividades dirigidos a potenciar la seguridad marítima; el reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen especial de los Trabajadores del Mar; la asistencia sanitaria y el control de los medios sanitarios a bordo.
  • Finalmente, la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento será el órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, así como para expedir y renovar el Certificado de trabajo marítimo y la Declaración de conformidad laboral marítima a los que se refiere el Convenio.
  • Art. 8.2. Regula la tramitación de quejas en tierra. Sus párrafos seis, siete y ocho se ocupan de las quejas relativas a buques extranjeros que recalen en puertos españoles, así como de las quejas relativas a buques españoles que realizan navegación internacional, que no retornan a puerto español en periodos de tiempo largos o no retornan a puertos españoles por tener sus tráficos o bases de operaciones en otros países.
  • Disposición adicional segunda. Actuaciones inspectoras en puertos extranjeros.
  • Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea. Mediante este real decreto se incorpora al ordenamiento interno la Directiva 2013/54/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, sobre determinadas responsabilidades del Estado del pabellón en materia de cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, de 2006
  • Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado (Texto completo/pdf).

Noticia relacionada:

Otros acuerdos adoptados en la misma sesión del ejecutivo (08.05.2015):  

  • Acuerdo con Georgia en el ámbito de la lucha contra la delincuencia.
  • RD 358/2015. Modifica el RD 217/2008, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el RD 1309/2005. 
  • RD 359/2015. Cese de doña Anunciada Fernández de Córdova y Alonso Viguera como Embajadora de España en la República de Eslovenia.
  • RD 360/2015. Designa Embajador de España en la República de Eslovenia a don José Luis de la Peña Vela.
  • RD 361/2015. Designa Embajador de España en la República de Montenegro a don Miguel Fuertes Suárez. 
  • RD 362/2015. Designa Embajador de España en la República de Burkina Faso a don José María Matres Manso. 
  • RD /2015. Nombra magistrado de enlace ante las autoridades de la República Francesa a D. Salvador Francisco Javier Gómez Bermúdez.
  • Informe de seguimiento de la ejecución del informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas. Primer trimestre 2015.
  • Se remite a las Cortes Generales Proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Se remite a las Cortes Generales Proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Acuerdos adoptados en otras sesiones anteriores del Consejo de Ministros

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