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Real Decreto 757/2010, de 7 de junio, por el que se concede la autorización para el cambio de apellidos de una menor.
Real Decreto 757/2010, de 7 de junio, por el que se concede la autorización para el cambio de apellidos de la menor Elisabet Cots Sabaté.
Vistos el expediente incoado a instancia y lo dispuesto en los artículos 57 y 58 de la Ley del Registro Civil y cumplidos los trámites y requisitos establecidos, a propuesta del Ministro de Justicia, con informe favorable del Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 2010,
DISPONGO:
Artículo 1. Autorización de cambio de apellidos.
Artículo 2. Práctica de la inscripción y caducidad.
La expresada autorización no producirá efectos legales hasta que se practique en el asiento de nacimiento la oportuna inscripción marginal y caducará si se dejan transcurrir ciento ochenta días desde la notificación sin cumplimentar esa condición.
Normativa citada:
- Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Ley_Registro_Civil_08_06_1957).