Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 19/09/2008
Comentario:

Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen.

Caracteristicas del Programa

  • Esta medida tiene tres elementos fundamentales: es voluntaria; destinada a trabajadores no comunitarios, es decir no afecta a los ciudadanos de la Unión Europea, y forma parte de un conjunto de medidas establecidas para la gestión de la política migratoria, y, en consecuencia, tiene carácter estructural.
  • Por primera vez en nuestra legislación, se ofrece a un determinado colectivo de trabajadores, precisamente uno de los más castigados por la crisis económica, la posibilidad de percibir el abono de la prestación de forma acumulada y anticipada, con vistas a regresar a su país de origen y reiniciar allí sus proyectos de vida.
  • Los trabajadores que se acogen al Programa perciben bien la prestación contributiva por desempleo que tienen reconocida o la cantidad que les quedara por percibir. El abono se realiza en euros y en dos plazos: el 40% en España y el 60% restante en el país de origen transcurridos 30 días naturales.

Desarrollo normativo:

  • Resolución de 2 de octubre de 2008, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen (www.boe.es/boe/dias/2008/10/14/pdfs/A41170-41170.pdf).
  • Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen (www.boe.es/boe/dias/2008/11/11/pdfs/A44727-44729.pdf).
  • Resolución de 27 de abril de 2010, de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, por el que se modifica la de 11 de marzo de 2010, por la que se convocan subvenciones para el retorno voluntario de personas inmigrantes y se amplía el plazo de presentación de solicitudes para participar en la misma (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Resolucion_27_04_2010).

Información para acogerse a este Plan de retorno:

1. Programa de Retorno Voluntario de Inmigrantes (extranjeros.mtin.es/es/InformacionInteres/RetornoVoluntario/index2.htm).

2. Paro acumulado en caso de retorno (www.redtrabaja.es/es/redtrabaja/infoPrestaciones/infoPresta.do).

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Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León