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Real Decreto-ley 12/2018, de seguridad de las redes y sistemas de información.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Reales decretos
Fecha:
07/09/2018
Comentario:
Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información.
- Este Real Decreto-ley se aplicará a las entidades que presten servicios esenciales para la comunidad y dependan de las redes y sistemas de información para el desarrollo de su actividad, así como a los proveedores de determinados servicios digitales. Estas entidades deberán realizar una evaluación previa de riesgos y deberán adoptar medidas adecuadas para gestionar los riesgos que se planteen para la seguridad de las redes y sistemas de información que utilicen. Tendrán asimismo que notificar los incidentes que sufran al Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas y Ciberseguridad.
- Asimismo, el Real Decreto-ley identifica los sectores en los que es necesario garantizar la protección de las redes y sistemas de información, y establece procedimientos para identificar los servicios esenciales ofrecidos en dichos sectores, así como los principales operadores que prestan dichos servicios.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor. El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
- Disposición final segunda. Incorporación del Derecho de la Unión Europea. Este real decreto-ley incorpora al ordenamiento jurídico interno la Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión (Texto completo).
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- Real Decreto-ley de seguridad de las redes y sistemas de información. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 07.09.2018).