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RPE de 2 de marzo de 2017, sobre las obligaciones de la Comisión en el ámbito de la reciprocidad de visado.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Resoluciones
Fecha:
02/03/2017
Comentario:
Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de marzo de 2017, sobre las obligaciones de la Comisión en el ámbito de la reciprocidad de visado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, apartado 4, del Reglamento (CE) núm. 539/2001 (2016/2986(RSP)).
- 1. Considera que la Comisión está obligada legalmente a adoptar un acto delegado —que suspenda temporalmente la exención de la obligación de visado para los nacionales de terceros países que no hayan suprimido la obligación de visado para los ciudadanos de determinados Estados miembros de la Unión— en un plazo de 24 meses a partir de la fecha de publicación de las notificaciones en este sentido, plazo que finalizó el 12 de abril de 2016;
- 2. Pide a la Comisión, sobre la base del artículo 265 del TFUE, que adopte el acto delegado requerido en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de aprobación de la presente Resolución;
- 3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, al Consejo Europeo y a los Parlamentos nacionales (DOUE, 25.07.2018).
Otras resoluciones publicadas en el mismo (DOUE, 25.07.2018).
- RPE 02.03.2017. Sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Principado de Liechtenstein sobre normas suplementarias en relación con el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados, como parte del Fondo de Seguridad Interior para el período comprendido entre 2014 y 2020.
- RPE 14.03.2017. Sobre las implicaciones de los macrodatos en los derechos fundamentales: privacidad, protección de datos, no discriminación, seguridad y aplicación de la ley.
- RPE 15.03.2017. Sobre los obstáculos a la libertad de los ciudadanos de la Unión de circular y trabajar en el mercado interior.
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