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Resolución PE de 10 de septiembre de 2015, sobre la migración y los refugiados en Europa.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Resoluciones
Fecha:
10/09/2015
Comentario:
Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de septiembre de 2015, sobre la migración y los refugiados en Europa (2015/2833(RSP))
- 1. Expresa su profundo pesar y dolor por la trágica pérdida de vidas de personas que buscan asilo en la UE; insta a la UE y a los Estados miembros a que hagan todo lo posible para evitar que sigan produciéndose muertes en el mar o en tierra;
- 2. Manifiesta su solidaridad con el elevado número de refugiados y migrantes que son víctimas de conflictos, graves violaciones de los derechos humanos, insuficiencias tangibles en materia de gobernanza y una dura represión;
- 3. Se felicita de los esfuerzos de particulares y grupos de la sociedad civil de toda Europa que se están movilizando en gran número para dar la bienvenida y facilitar ayuda a refugiados y migrantes; anima a los ciudadanos europeos a mantener su apoyo y compromiso en favor de una respuesta humanitaria a la crisis de los refugiados; opina que semejantes acciones son una muestra de una adhesión auténtica a los valores europeos y una señal de esperanza para el futuro de Europa;
- 4. Reitera su apoyo a su Resolución, de 29 de abril de 2015, sobre las recientes tragedias en el Mediterráneo y las políticas de inmigración y asilo de la UE; reitera la necesidad de que la UE base su respuesta inmediata a la situación actual de los refugiados en la solidaridad y el reparto equitativo de la responsabilidad, tal y como se indica en el artículo 80 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y en un enfoque integral que tenga en cuenta una migración segura y legal y el pleno respeto de los derechos y los valores fundamentales;
- 5. Reitera su compromiso con la apertura de las fronteras dentro del espacio Schengen, al tiempo que se garantiza una gestión eficaz de las fronteras exteriores; subraya que la libre circulación de personas en el espacio Schengen ha sido uno de los mayores logros de la integración europea;
- 6. Acoge con satisfacción las iniciativas de la Comisión sobre reubicación y reasentamiento, en particular la nueva iniciativa relativa a la reubicación de emergencia de un mayor número de solicitantes de asilo necesitados de protección internacional que abarca a Grecia, Italia y Hungría; apoya el anuncio de la Comisión en relación con un mecanismo permanente de reubicación que se activará en situaciones de emergencia teniendo en cuenta el número de refugiados presentes en el Estado miembro, que se basa en el artículo 78, apartado 2, del TFUE; está preparado para tratar el nuevo régimen de reubicación de emergencia en el marco de un procedimiento acelerado, y afirma su intención de seguir adelante con todas las demás medidas propuestas por la Comisión en paralelo para garantizar que los Estados miembros no adopten una actitud dilatoria respecto del régimen de reubicación permanente; recuerda al Consejo que el Parlamento está totalmente a favor de un mecanismo de reubicación vinculante que tenga en cuenta, en la medida de lo posible, las preferencias de los refugiados;
- 7. Acoge positivamente el apoyo operativo que la Comisión va a prestar a los Estados miembros situados en primera línea, como Grecia, Italia y Hungría, con la creación de «puntos críticos», utilizando la experiencia de agencias de la UE como Frontex, la EASO y la Oficina Europea de Policía (Europol), para ayudar a los Estados miembros en el registro de las personas que llegan a la UE; recuerda a los Estados miembros que el éxito de los centros de registro depende de su buena disposición para reubicar a los refugiados desde los «puntos críticos» en sus territorios respectivos; opina que este enfoque debería proporcionar sin lugar a dudas un mecanismo para la determinación de las personas con necesidades específicas y su posterior transferencia a los servicios;
- 8. Toma nota de la propuesta de la Comisión de reforzar las disposiciones relativas a los «países de origen seguros» recogidas en la Directiva sobre procedimientos de asilo mediante el establecimiento de una lista común de la UE de países de origen seguros; entiende que este enfoque podría limitar los derechos procesales de los ciudadanos de esos países; recuerda que el porcentaje de aceptación de las solicitudes de asilo varía en gran medida de un Estado miembro a otro, incluso en el caso de determinados países de origen; pide que se tomen medidas para garantizar que este enfoque no vaya en detrimento del principio de no devolución y del derecho individual al asilo, en particular en el caso de las personas que pertenecen a grupos vulnerables;
- 9. Reitera sus llamamientos a la Comisión para que modifique el Reglamento de Dublín en vigor, de modo que incluya un sistema de distribución de los solicitantes de asilo entre los 28 Estados miembros de carácter permanente y vinculante que se sirva de una clave de distribución obligatoria y justa, teniendo al mismo tiempo en cuenta las perspectivas de integración y las necesidades y circunstancias específicas de los propios solicitantes de asilo;
- 10. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que dejen un margen presupuestario y disponibilidad considerables en el presupuesto de 2016 y en las disposiciones del marco financiero plurianual para que se pueda apoyar en mayor medida y más rápidamente a la EASO y a los Estados miembros en sus acciones de acogida e integración de refugiados, también en el marco de los regímenes de reubicación y reasentamiento;
- 11. Pide una transposición rápida y completa y una aplicación eficaz del Sistema Europeo Común de Asilo por parte todos los Estados miembros participantes; insta a la Comisión a que se asegure de que todos los Estados miembros aplican adecuadamente la legislación de la UE a fin de garantizar unas normas comunes eficaces, coherentes y humanas en toda la UE, teniendo en cuenta el interés superior de los menores;
- 12. Opina que la aplicación de la Directiva sobre el retorno debería ir de la mano del respeto de los procedimientos y las normas que permiten a Europa garantizar el trato humano y digno de los retornados, en consonancia con el principio de no devolución; recuerda que se debería dar prioridad a los retornos voluntarios frente a los retornos forzosos;
- 13. Recuerda que las posibilidades de entrada legal en la UE para las personas necesitadas de protección son muy limitadas, y lamenta que no tengan más opción que recurrir a los pasadores de fronteras y a rutas peligrosas para conseguir protección en Europa, como consecuencia de, entre otros factores, la construcción de vallas y el cierre de fronteras exteriores; considera, por lo tanto, como una prioridad de primer orden que, la UE y los Estados miembros creen vías seguras y legales para los refugiados, como corredores humanitarios y visados humanitarios; destaca que, además de un programa obligatorio de reasentamiento, los Estados miembros deben llegar a un acuerdo para ofrecer otras vías legales, como una mejor reunificación familiar, regímenes de mecenazgo privado y modalidades flexibles en materia de visados, incluso para fines de estudios y trabajo; opina que es necesario modificar el Código sobre visados e incluir unas disposiciones comunes más específicas sobre los visados humanitarios; pide asimismo a los Estados miembros que hagan lo necesario para que sea posible solicitar asilo en sus embajadas y oficinas consulares;
- 14. Recuerda que los Estados miembros deben imponer sanciones penales rigurosas contra la trata de seres humanos y el paso clandestino de fronteras, tanto hacia la UE como en su interior; pide a los Estados miembros que luchen contra las redes delictivas de pasadores de fronteras, pero sin penalizar al mismo tiempo a aquellas personas que ayudan voluntariamente a los migrantes por razones humanitarias, incluidas compañías aéreas, y pide a la Comisión que se plantee la revisión de la Directiva 2001/51/CE del Consejo; toma nota de la operación EUNAVFOR Med contra los pasadores de fronteras y los traficantes de seres humanos en el Mediterráneo;
- 15. Lamenta que los dirigentes de algunos Estados miembros y los partidos de extrema derecha estén utilizando la situación actual para avivar los sentimientos contra la inmigración al tiempo que culpan a la UE de la crisis, propiciando así un incremento del número de actos violentos contra los migrantes; pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten medidas urgentes para combatir los actos violentos y la incitación al odio contra los migrantes; pide asimismo a los dirigentes de la UE y de sus Estados miembros que adopten una posición clara a favor de la solidaridad europea y el respeto de la dignidad humana;
- 16. Recuerda que la migración es un fenómeno complejo y mundial que requiere también un enfoque a largo plazo que aborde sus causas profundas, como la pobreza, la desigualdad, la injusticia, el cambio climático, la corrupción, la mala gobernanza y los conflictos armados; insta a Comisión y al Consejo a que dediquen la cumbre de La Valeta de noviembre de 2015 a dichas causas profundas; subraya la necesidad de un enfoque integral de la UE que refuerce la coherencia de sus políticas interiores y exteriores y, en particular, de su política exterior y de seguridad común y de sus políticas de desarrollo y migración; cuestiona los planes para vincular la ayuda al desarrollo a un incremento de los controles de las fronteras o de los acuerdos de readmisión con terceros países;
- 17. Pide a la UE, a sus Estados miembros y a otros donantes internacionales que cumplan urgentemente los compromisos asumidos en la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo celebrada en junio en Adís Abeba, y subraya la necesidad de centrar la política de desarrollo en la construcción de sociedades pacíficas, la lucha contra la corrupción y la promoción de la buena gobernanza, como se especifica en el objetivo de desarrollo sostenible nº 16 del marco mundial para el desarrollo posterior a 2015;
- 18. Insta a la UE, a sus Estados miembros y a la comunidad internacional a que refuercen su papel en la resolución de conflictos y, en especial, a que ayuden a encontrar soluciones políticas sostenibles en las regiones en conflicto, como Irak, Siria, Libia y Oriente Próximo, y a que intensifiquen el diálogo político, también con las organizaciones regionales, abarcando todos los elementos de derechos humanos para apoyar unas instituciones inclusivas y democráticas y el Estado de Derecho, aumentar la resiliencia de las comunidades locales y fomentar el desarrollo social y democrático en los países de origen y entre sus poblaciones; pide, en este sentido, una mayor cooperación con los países de la región pertenecientes a la Liga Árabe y a la Unión Africana para la gestión, el reasentamiento y la concesión de asilo a las personas que necesitan protección;
- 19. Pide a la Comisión y a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que convoquen una conferencia internacional sobre la crisis de los refugiados, en la que participen la UE, sus Estados miembros, los organismos relacionados con las Naciones Unidas, los Estados Unidos, las ONG internacionales pertinentes y los Estados árabes, entre otros participantes, con el objetivo de establecer una estrategia mundial común de ayuda humanitaria;
- 20. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
Otras resoluciones del PE relativas a la inmigración:
- RPE 29.04.2015. Tragedias en el Mediterráneo y las políticas de inmigración y asilo de la UE.
Datos que han sido tenidos en cuenta para la aprobación de la RPE:
- Considerando que, según los datos del ACNUR, 2 800 mujeres, hombres y niños han muerto o desaparecido en 2015 al intentar llegar a un lugar seguro en Europa; que los refugiados y los migrantes también están perdiendo la vida al atravesar Europa;
- Considerando que los pasadores de fronteras y los traficantes de seres humanos explotan la migración irregular y ponen en peligro las vidas de los inmigrantes para su propio beneficio económico, son responsables de miles de muertes y constituyen un importante desafío para la UE y los Estados miembros; que los traficantes generan unos 20 000 millones de euros al año en beneficios procedentes de sus actividades delictivas; que, según Europol, los grupos de delincuencia organizada que facilitan activamente el transporte de migrantes irregulares por el mar Mediterráneo están vinculados al tráfico de seres humanos, drogas y armas de fuego y con el terrorismo;
- Considerando que, según los datos de Frontex, Siria, Afganistán, Eritrea e Irak son los principales países de origen de los solicitantes de asilo en 2015; que, según Eurostat, se ofrece protección a la gran mayoría de las personas que huyen de esos países a Europa;
- Considerando que la situación actual ha puesto de manifiesto una lamentable falta de solidaridad de los Gobiernos respecto de los solicitantes de asilo y una acción que carece de coordinación y coherencia suficientes; que esta situación se está traduciendo en caos y violaciones de los derechos humanos; que las diferentes posiciones adoptadas por cada uno de los Estados miembros siguen poniendo de relieve el hecho de que la UE tiene 28 políticas de migración fragmentadas; que la inexistencia de procedimientos y normas unificados en materia de asilo en los Estados miembros conlleva unos niveles de protección diferentes y, en algunos casos, incluso unas garantías inadecuadas para los solicitantes de asilo;
- Considerando que el informe estratégico de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior sobre un enfoque integral de la migración abordará la política de la UE en materia de asilo y migración en su integridad;
- Considerando que, en virtud de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (Convención de Ginebra), una persona puede solicitar asilo, independientemente de cuál sea su país de origen, en la medida en que tenga temores fundados de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas;