RSGT de 9 de julio de 2019, para desarrollar en Euskadi una experiencia piloto de patrocinio comunitario Auzolana II en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.

Tipo de Legislación: Autonómica
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 09/07/2019
Comentario:

Resolución de 9 de julio de 2019, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación del Gobierno Vasco, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y las entidades sociales Cáritas Diocesana de Bilbao, Cáritas Diocesana de Vitoria, Cáritas Diocesana de San Sebastián y Fundación Social Ignacio Ellacuria, para desarrollar en Euskadi una experiencia piloto de patrocinio comunitario Auzolana II en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.

 

Reunidas las partes mencionadas, manifiestan:

  • El 19 de septiembre de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), adoptó una serie de compromisos para mejorar la protección de los refugiados y migrantes. Dichos compromisos se conocen como la Declaración de Nueva York para los Refugiados y Migrantes.
  • El Anexo 1 de esta Declaración de Nueva York establece un Marco de Respuesta Integral para los Refugiados, con acciones específicas que son necesarias para garantizar: medidas de recepción y admisión rápidas y bien fundamentadas; apoyo a las necesidades inmediatas y persistentes (por ejemplo, protección, salud y educación); apoyo a las instituciones nacionales/locales y a las comunidades que reciben refugiados; y mayores oportunidades para el desarrollo de soluciones duraderas.
  • Sobre la base de este trabajo, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, el 17 de diciembre de 2018, el Pacto Mundial sobre Refugiados, que establece un nuevo marco para afrontar la situación de las personas refugiadas en el mundo a través de un apoyo más sólido a los países donde vive la mayoría de los refugiados y del fortalecimiento de la responsabilidad compartida de ayudar a quienes se ven obligados a huir a causa del conflicto o la persecución.
  • En este mismo contexto, el 20 de septiembre de 2016, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, junto con el gobierno de Canadá, acordaron activar la llamada Iniciativa Global para el Patrocinio de Refugiados (GRSI por sus siglas en inglés), con la finalidad de promover el modelo de Patrocinio Comunitario de personas refugiadas alrededor del mundo. Esta decisión tiene tres objetivos primarios:
    – Contribuir a la mejora de las responsabilidades compartidas, al expandir el uso del Patrocinio Comunitario como una vía para los refugiados con necesidades de protección y de soluciones.
    – Alentar la expansión del reasentamiento, fortaleciendo las capacidades de los estados, de los actores de la sociedad civil, y la ciudadanía, para lanzar programas de Patrocinio Comunitario.
    – Brindar un vehículo que movilice a la ciudadanía en directo apoyo de los refugiados y alentar un debate político más amplio que apoye la protección de los refugiados.
  • El Patrocinio Comunitario ofrece la oportunidad a la ciudadanía de participar directamente en la labor de acogida e integración de las personas refugiadas. Los Patrocinadores Comunitarios se comprometen a ofrecer apoyo social, material y financiero a las personas recién llegadas durante su proceso de integración en sus nuevas comunidades. Todos los países pueden elaborar programas que permitan a sus ciudadanos acoger a personas refugiadas en sus comunidades.
  • En un momento en que el número de personas desplazadas en el mundo por los conflictos y la persecución alcanza cifras récord, con más de 65,5 millones, la necesidad de compartir la responsabilidad de proteger, incrementar y diversificar las vías legales de entrada para personas que necesitan protección internacional es más urgente que nunca.
  • El programa de Patrocinio Comunitario inspirado en el modelo canadiense es un ejemplo de responsabilidad y esfuerzo conjunto y compartido, para encontrar formas de responder conjuntamente a los movimientos de personas refugiadas, de una forma más eficaz, equitativa y más justa. Un esfuerzo que puede tener un reflejo expreso en el Pacto Mundial sobre Refugiados, que lo recoge como una de las vías seguras de acceso a la protección con la que los Estados pueden contribuir.
  • Como parte del continuo diálogo en la búsqueda de soluciones duraderas, ACNUR, ha propuesto al Gobierno español y al Gobierno Vasco, la puesta en práctica de una experiencia piloto de patrocinio comunitario en Euskadi con la finalidad de que su desarrollo, evaluación y documentación pueda servir como modelo para su extensión a otras comunidades autónomas, e incluso a otros países. La puesta en marcha de esta iniciativa será incluida como contribución al proceso del Pacto Global sobre Refugiados, y entre los mecanismos que se prevén para el reparto de responsabilidades sobre las personas refugiadas.
  • (...)
  • La finalidad de esta anterior experiencia piloto es garantizar, mejorar y reforzar la coordinación entre los distintos niveles institucionales en las actuaciones establecidas para la acogida e integración de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional. Por este motivo y por la conexión y continuidad con la filosofía que ha impulsado el mencionado convenio Auzolana, esta segunda experiencia piloto, compartida también entre los dos gobiernos, en torno al Patrocinio Comunitario, se denomina Auzolana II.
  • En el marco de esta confluencia de voluntades, el Gobierno Vasco ha propuesto a las tres entidades de Cáritas Diocesanas del País Vasco y a la Fundación Social Ignacio Ellacuria, en representación de la Plataforma Apostólica Territorial Loyola de Jesuitas del País Vasco, su participación en esta experiencia piloto, en calidad de Entidades Titulares de un Acuerdo (supralocal) de Patrocinio. Se trata de cuatro entidades con amplia y probada experiencia en el terreno de la solidaridad y la justicia social, incluyendo a las personas refugiadas entre las destinatarias de su acción, y que actúan en el ámbito de toda la Comunidad Autónoma de Euskadi. En concreto, su función principal, dentro de la experiencia piloto, consistirá en impulsar, a través de su propia red de participación Grupos Locales de Patrocinio Comunitario que desarrollarán en sus comunidades, en coordinación con las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio, la experiencia de Patrocinio Comunitario.
  • Todas estas entidades forman parte de este proyecto desde su compromiso con la solidaridad y la justicia social y las personas refugiadas. Consideran que esta experiencia piloto debe orientarse a promover una mejora cuantitativa y cualitativa de los procesos de acogida e integración de las personas refugiadas, así como a incrementar el compromiso compartido de las instituciones y administraciones públicas con la sociedad en esta tarea.
  • En consecuencia, los actores principales de esta experiencia piloto y firmantes de este Convenio son la Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria, del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Gobierno de España, la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación del Gobierno Vasco, ACNUR y las citadas entidades sociales de Euskadi.
  • No obstante, el desarrollo de la experiencia piloto requiere necesariamente de interacciones y cooperación de otras instituciones y entidades. En este sentido, esta iniciativa ha sido presentada por el Gobierno Vasco a las Diputaciones Forales, los Ayuntamientos más directamente implicados en la experiencia piloto, a la Asociación de Municipios Vascos (Eudel) y a las Entidades que se hacen cargo del proceso de acogida e integración de solicitantes y beneficiarios de protección internacional, dentro del marco estándar del Sistema Nacional de Acogida, bajo financiación del MTMSS. Actualmente en Euskadi son CEAR, Cruz Roja, ACCEM y MPDL.
  • En el marco de esta experiencia piloto, en distintos momentos y circunstancias se hace necesario el concurso constructivo y experto de estas instituciones y entidades, así como una estrecha coordinación que redunde en el mejor modelo posible de acogida e integración de las personas refugiadas.

CLÁUSULAS:

  • Primera. Objeto. El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones y compromisos que asumen las partes y garantizar la coordinación de las actuaciones en el desarrollo y ejecución de una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en Euskadi, denominada Auzolana II, para la acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional, con el objetivo de favorecer su proceso de integración en la sociedad de acogida.
  • Segunda. Personas beneficiarias. La Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario Auzolana II estará dirigida a personas beneficiarias de protección internacional, que hayan sido trasladadas a España en el marco de programas de reasentamiento de refugiados u otras iniciativas encaminadas a la apertura de vías legales de acceso a la protección para personas refugiadas, a propuesta de la Secretaría de Estado de Migraciones, cuya acogida se desarrolle en la Comunidad Autónoma Vasca y en las ubicaciones que se detallan más adelante (Texto completo). 
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León