Noticias
Recomendación (UE) 2021/1170, Restricción de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Recomendaciones
Fecha:
15/07/2021
Comentario:
Recomendación (UE) 2021/1170 del Consejo, de 15 de julio de 2021, por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.
- Mediante el presente acto se modifica la Recomendación 2020/912 ha sido modificada por los siguientes textos: Recomendación 2020/1052; Recomendación 2020/1144; Recomendación 2020/1186; Recomendación 2020/1551; Recomendación 2020/1632; Recomendación 2020/2169, Recomendación 2021/89, por la Recomendación 2021/132, por la Recomendación 2021/767, por la Recomendación 2021/816, Recomendación 2021/892, por la Recomendación 2021/992 y por la Recomendación 2021/1085, sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.
La Recomendación (UE) 2020/912 queda modificada de la siguiente manera:
- El párrafo primero del punto 1 de la Recomendación del Consejo se sustituye por el texto siguiente: "1. A partir del 15 de julio de 2021, los Estados miembros deben levantar gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, de manera coordinada, para los residentes de los terceros países que figuran en el anexo I." - El anexo I de la Recomendación se sustituye por el texto siguiente: "ANEXO I. Terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores: I. Estados: 1. Albania, 2. Armenia, 3. Australia, 4. Azerbaiyán, 5. Bosnia y Herzegovina, 6. Brunéi, 7. Canadá, 8. Israel, 9. Japón, 10. Jordania, 11. Líbano, 12. Montenegro, 13. Nueva Zelanda, 14. Katar, 15. Moldavia, 16. Macedonia del Norte, 17. Arabia Saudí, 18. Serbia, 19. Singapur, 20. Corea del Sur, 21. Ucrania (nuevo), 22. Estados Unidos de América, 23. China, con sujeción a confirmación de reciprocidad. II. Regiones Administrativas especiales de la República Popular China. Región Administrativa Especial de Hong Kong, Región Administrativa Especial de Macao. III. Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro: Kosovo, Taiwán" (Texto completo).
Noticia relacionada:
Normativa española vinculada y prorrogada:
Más información: