Recomendación (UE) 2021/1346. Restricción de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Recomendaciones
Fecha: 30/08/2021
Comentario:

 

Recomendación (UE) 2021/1346 del Consejo de 30 de agosto de 2021 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.

  • Mediante esta disposición se modifica la Recomendación (UE) 2020/912. La mencionada queda redactada como sigue: - El párrafo primero del punto 1 de la Recomendación del Consejo se sustituye por el texto siguiente: "1. A partir del 30 de agosto de 2021, los Estados miembros deben levantar gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, de manera coordinada, para los residentes de los terceros países que figuran en el anexo I." El anexo I de la Recomendación se sustituye por el texto siguiente: "ANEXO I. Terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores: I Estados: Albania; Arabia Saudí; Armenia; Australia; Azerbaijan; Bosnia y Herzegovina; Brunéi; Canada; Corea del Sur; Japón; Jordanía; Nueva  Zelanda; Qatar; Republica de Moldovia; Serbia; Singapur; Ucrania y China -subject to confirmation of reciprocity-. II. Regiones Administrativas especiales de la República Popular China. Región Administrativa Especial de Hong Kong, Región Administrativa Especial de Macao. III. Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro: Taiwán" (Texto completo).

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