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Ampliación de la aplicación provisional del Acuerdo sobre reconocimiento recíproco de permisos de conducir entre España y Reino Unido.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
15/03/2023
Comentario:
Aplicación provisional del Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, hecho en Madrid el 15 de marzo de 2023.
- El presente Acuerdo en forma de Canje de Notas se aplica provisionalmente en su integridad desde el 21 de junio de 2023 de conformidad con lo acordado en las Notas Verbales correspondientes. (Texto completo: BOE, 14.07.2023).
Más información:
- Este convenio pone fin a las sucesivas prórrogas aplicadas para el canje de permisos entre ambos países que se había estado aplicando desde la finalización del período transitorio previsto en el Acuerdo de retirada del Reino Unido de la Unión Europea.
- A partir de ahora, los titulares de un permiso de conducción válido y en vigor expedido por cualquiera de los dos Estados podrán solicitar el canje de su permiso de conducir equivalente donde haya fijado su residencia, sin estar sujeto a ningún requisito adicional de prueba práctica o teórica y de acuerdo con las tablas de equivalencia entre las categorías de permisos de ambos países.
- El acuerdo establece que se podrán canjear todos los permisos o licencias válidos de los actuales residentes expedidos con anterioridad a su entrada en vigor, mientras que para los permisos expedidos con posterioridad a dicha entrada en vigor será requisito indispensable para acceder al canje que los permisos hayan sido expedidos en el país donde el solicitante tuviera su residencia legal.
- Con este pacto, aquellos ciudadanos británicos residentes en España que no habían realizado el reconocimiento de su permiso de conducir antes del Brexit, ni en las sucesivas prórrogas otorgadas, podrán hacerlo a partir del jueves 16 de marzo.
- Para facilitar la tramitación administrativa en las jefaturas provinciales de tráfico, se ha concedido un periodo de seis meses durante el cual los ciudadanos británicos pueden circular por España con su permiso original mientras tramitan el canje.
- Además, España y Reino Unido se comprometen a proporcionarse información sobre los datos de los vehículos y sus titulares a efectos de investigar infracciones de tráfico relacionadas con la seguridad vial, en especial en los supuestos de exceso de velocidad, no usar el cinturón de seguridad, no detenerse ante un semáforo en rojo, conducir en estado de embriaguez, conducir bajo los efectos de las drogas, no usar un casco de protección, circular por un carril prohibido o uso ilegal de teléfonos móviles.
- El presente Acuerdo en forma de canje de Notas se aplica provisionalmente, a excepción de los artículos 13 a 17, desde el 16 de marzo de 2023 de conformidad con lo dispuesto en su artículo 19 (Texto completo: BOE, 30.03.2023).
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se autoriza el Acuerdo en forma de Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos nacionales de conducir y sobre el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, así como su aplicación provisional según los términos precisados en el artículo 19 del Acuerdo. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 14.03.2023).
Otros países con los que España tiene firmado acuerdo sobre permisos de conducción:
- Brasil, Ecuador, El Salvador, Gobierno macedonio, Marruecos, Mónaco, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Rumanía, Serbia, Túnez, Turquía y Ucrania.
Otros acuerdos recientes entre España y el Reino Unido: