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Reglamento (UE) núm. 1091/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Reglamentos
Fecha:
24/11/2010
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Comentario:
Reglamento (UE) núm. 1091/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 539/2001 del Consejo, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación.
- Artículo 1. El Reglamento (CE) núm. 539/2001 queda modificado como sigue: 1) En el anexo I, parte 1, se suprimen las referencias a Albania y a Bosnia y Herzegovina. 2). En el anexo II, parte 1, las referencias a «Albania (*)» y «Bosnia y Herzegovina (*)»
- Artículo 2. El presente Reglamento entraráen vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
«(*) La exención de la obligación de visado solo se aplica a los titulares de pasaportes biométricos.».
Normativa modificada:
- Reglamento (CE) núm. 539/2001 del Consejo, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación.
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