Noticias
- 23/12/2024
- 23/12/2024
- 23/12/2024
- 20/12/2024
Reglamento (UE) 2016/1953 relativo al establecimiento de un documento de viaje europeo para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Reglamentos
Fecha:
26/10/2016
Comentario:
Reglamento (UE) 2016/1953 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo al establecimiento de un documento de viaje europeo para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular y por el que se deroga la Recomendación del Consejo de 30 de noviembre de 1994.
- El actual documento de viaje normalizado para el retorno de nacionales de terceros países, establecido por la Recomendación del Consejo de 30 de noviembre de 1994, no es ampliamente aceptado por las autoridades de terceros países, entre otras razones por sus normas de seguridad inadecuadas.
- Es necesario, por tanto, promover la aceptación, por parte de los terceros países, de un documento de viaje europeo mejorado y uniforme para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular como documento de referencia a efectos de retorno.
- Debe establecerse un documento de viaje europeo más seguro y uniforme para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (en lo sucesivo, «documento de viaje europeo para el retorno») a fin de facilitar el retorno y la readmisión de nacionales de terceros países en situación irregular en el territorio de los Estados miembros. Las características de seguridad mejoradas y las especificaciones técnicas del documento de viaje europeo para el retorno deben facilitar su reconocimiento por parte de terceros países. Tal documento debe, por tanto, facilitar los retornos en el contexto de los acuerdos de readmisión u otros acuerdos celebrados por la Unión o los Estados miembros con terceros países, así como en el contexto de la cooperación con terceros países en materia de retorno no cubierta por un acuerdo formal.
- El presente Reglamento debe armonizar únicamente el formato, las características de seguridad y las especificaciones técnicas del documento de viaje europeo para el retorno, sin armonizar las normas relativas a su expedición (Texto completo).
Trabajos previos:
- RPE 15.09.2016. Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre un documento de viaje europeo para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (COM (2015) 0668 — C8-0405/2015 — 2015/0306(COD)).