Reglamento (UE) 2020/1783, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Reglamentos
Fecha: 25/11/2020
Comentario:

Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil (obtención de pruebas) (versión refundida).

  • El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el DOUE y será aplicable, con carácter general, a partir del 1 de julio de 2022 (art. 35.1). El artículo 7 se aplicará a partir del primer día del mes siguiente al período de tres años después de la fecha de entrada en vigor de los actos de ejecución para establecer el sistema informático descentralizado, a los que se refiere el artículo 25 (art. 35.3) (Texto completo). Corrección de errores (Texto completo: DOUE, 26.10.2023). Se corrigen diversos errores de los formularios A y N del anexo I). Corrección de errores (Texto completo: DOUE, 07.03.2024). Se corrigen errores del formulario N del anexo I.

 

 

  •  Reglamento 2022/422. Sobre especificaciones técnicas, las medidas y otros requisitos para la implementación del sistema informático descentralizado a que se refiere el Reglamento (UE) 2020/1783.

Normativa sustituida:

  • Reglamento (CE) núm. 1206/2001. Relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil.

Más información:

 

Normativa de desarrollo:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León