Noticias
Reglamento Delegado (UE) 2024/2059, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1806, en lo que respecta a la prórroga de la suspensión temporal de la exención de visado para los nacionales de Vanuatu.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Reglamentos
Fecha:
02/08/2024
Comentario:
Reglamento Delegado (UE) 2024/2059 de la Comisión, de 31 de mayo de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1806 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la prórroga de la suspensión temporal de la exención de visado para los nacionales de Vanuatu.
- Artículo 1. Suspensión temporal de la exención de la obligación de visado. En el anexo II del Reglamento (UE) 2018/1806, parte 1, la entrada referente a «Vanuatu» se sustituye por el texto siguiente: «Vanuatu (*1)
- Artículo 2. Entrada en vigor y aplicación. El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento será aplicable del 4 de agosto de 2024 al 3 de febrero de 2025. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados. Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2024 (Texto completo: DOUE, 02.08.2024).
Normativa vinculada:
- Decisión (UE) 2022/366.
- Decisión (UE) 2022/2198.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2022/693.
- Reglamento Delegado (UE) 2023/222.
Normativa modificada: