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Resolución de 8 de julio de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica la relación de concesiones de nacionalidad durante el primer semestre de 2010.
Resolución de 8 de julio de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica la relación de concesiones de nacionalidad durante el primer semestre de 2010.
Nacionalidad española. Naturalización por residencia: concesiones en el primer semestre del 2010.
La DGRN hace publicos los datos relativos a las concesiones de nacionalidad en virtud del art. 22 Cc, durante el primer semestre de 2010, mediante la Resolución de 8 de julio de 2010. El texto de la Resolución -851 págs- relaciona un total: 64.550. En todo caso, se recuerda que para "que la concesión de nacionalidad sea válida, el interesado deberá cumplir los requisitos contemplados en el artículo 23 del Código Civil". En este precepto se establece que son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por residencia: a) Que el mayor de 14 años y capaz para prestar una declaración por sí, jure o prometa fidelidad al Rey yobediencia a la Constitución y a las leyes. b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de paises mencionados en el apartado 1 del artículo 24. c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.
Normativa relacionada:
- Arts. 22 y 23 Cc, redactados de conformidad con la Ley 36/2002. (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Ley_36_2002).
- Resolución de 20 de enero de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica la relación de concesiones de nacionalidad durante el segundo semestre de 2009).
- Resoluciones anteriores.
Impresos para la solicitud: