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Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República de Mali.
Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República de Mali.
Reino de España y la República de Mali, con el fin de establecer un marco legal que proporcione cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países.
El texto es muy flexible en cuanto al régimen de operaciones y el cuadro de rutas. Podrán operar veintiún frecuencias semanales para pasajeros, correo y carga en sus respectivas rutas, con cualquier tipo de aeronave, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad.
Los servicios de carga están totalmente liberalizados en cuanto a frecuencias, rutas y tipo de aeronave, y se podrán operar un número ilimitado de frecuencias semanales con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad, sin restricción alguna respecto a las rutas, capacidad y/o el tipo de aeronave.
El nuevo marco faculta a las empresas aéreas designadas de una y otra parte a que los servicios se puedan llevar a cabo bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países, así como otra serie de facilidades operativas, tales como vuelos no regulares, que tendrán un tratamiento flexible y favorable con carácter recíproco.
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Otros Estados obligados con España por este tipo de acuerdos:
Normativa que nos vincula con Mali:
- Acuerdo en materia de inmigración entre España y Mali.
- Convenio entre el Reino de España y la República de Mali en materia de lucha contra la delincuencia internacional organizada.
- Acuerdo sobre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.