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Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
03/07/2017
Comentario:
Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 18 de septiembre de 2015
- El presente Tratado entrará en vigor el 8 de julio de 2017, trigésimo día a partir de la fecha de recepción de la última de las notas diplomáticas intercambiadas informando del cumplimiento de los requisitos internos de cada una de las Partes, según se establece en su artículo 25.
- España y Vietnam desean contar con un instrumento que refuerce la cooperación jurídica penal y que contribuya a luchar, de manera más eficaz, contra la delincuencia organizada y el terrorismo, así como el deseo de mejorar la coordinación y la asistencia recíproca. El Acuerdo establece el procedimiento, así como las modalidades de asistencia judicial.
- Según el art. 1, este Tratado tiene por objeto regular la asistencia judicial mutua entre las autoridades competentes de ambas Partes en materia penal. Las Partes se comprometen a prestarse la asistencia judicial mutua más amplia posible para la prevención, investigación, persecución y enjuiciamiento de delitos y cualesquiera actividades dentro del orden jurisdiccional penal que sean competencia de las autoridades competentes de la Parte requirente en el momento en el que se solicite la asistencia. El Tratado no se aplica a la detención de personas con fines de extradición, ni a las solicitudes de extradición; a la ejecución de sentencias penales, incluido el traslado de personas condenadas; ni a la asistencia directa a particulares o a terceros Estados.
- La suscripción del presente Tratado responde a los siguientes objetivos:
- Establecer un instrumento de cooperación jurídica internacional en materia penal que facilite la prestación de asistencia judicial entre ambos países promoviendo así la seguridad jurídica en las relaciones mutuas.
- Establecer, sobre una base de reciprocidad, un instrumento que regule dicha asistencia judicial. - Se prevé que cada parte designe a la correspondiente Autoridad Central, que será el Ministerio de Justicia, en el caso de España, y la Fiscalía Popular Suprema, en el de la República Socialista de Vietnam (Texto completo).
Tramitación en las Cortes Generales para su ratificación:
- Texto completo (BOCG, 30.01.2017).
Noticia relacionada:
- Firma del Tratado de asistencia judicial en materia penal con Vietnam. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 17.07.2015).
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre España y Vietnam, y su ratificación. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 20.01.2017).
Otros países con los que España ha pactado en materia de asistencia en materia penal:
- Convenio con Mauritania relativo a la asistencia judicial en materia penal.
- Convenio con los Emiratos Árabes Unidos sobre la asistencia judicial mutua en materia penal.
- Acuerdo de asistencia judicial en materia penal con EEUU.
- Acuerdo entre la Unión EU y Japón sobre asistencia judicial en materia penal.
Textos que obligan a España con Vietnam:
- Acuerdo sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos.
- Convenio sobre adopción internacional entre España y la RS de Vietnam.
- Tratado de extradición entre España y Vietnam.
- Tratado sobre traslado de personas condenadas entre España y Vietnam.
- Orden AEC/2656/2010. Modifica la competencia territorial de las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en las Misiones Diplomáticas Permanentes de España en la República Socialista de Vietnam y en la República Federal Democrática de Etiopía.
- RSGT 27.03.2012. Ratificación de Vietnam al Convenio sobre la Protección de los Menores y la Cooperación en materia de Adopción Internacional, hecho en La Haya el 29 de mayo de 1993.