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Decisión 2013/695/UE relativa a la firma del Acuerdo entre la UE y Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Decisiones
Fecha:
21/07/2014
Comentario:
Decisión 2013/695/UE, del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados.
- Texto completo.
- Información sobre la entrada en vigor del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados. El Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados entrará en vigor el 1 de septiembre de 2014, de conformidad con el artículo 14, apartado 2, del Acuerdo, ya que en esa fecha entrará en vigor el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la readmisión de residentes ilegales.
Normativa previa:
- Consejo Europeo (18.11.2013).
Otros países con los que la UE ha concluído acuerdos de liberalización de visados:
- Albania, Bosnia Herzegovina, Cabo Verde, Georgia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Moldavia, Montenegro, Rusia, Ucrania y Serbia.
Otros textos que vinculan a la Unión Europea y a la República de Azerbaiyán: