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Convocatoria de 23 de marzo de 2012, ayudas individuales destinadas a los baleares residentes en el exterior en situación de necesidad para el año 2012.
Tipo de Legislación:
Autonómica
Tipo de Acto:
Otros textos
Fecha:
23/03/2012
Comentario:
Convocatoria de 23 de marzo de 2012, ayudas individuales destinadas a los baleares residentes en el exterior en situación de necesidad para el año 2012.
- Plazo de solicitud: hasta el próximo 30 de junio.
- Texto completo.
- Pueden demandar las ayudas los baleares o sus descendientes.
- La cuantía de cada subvención oscila entre los 300 y los 750 euros, siendo en el caso de Cuba de la mitad.
- El Boletín Oficial de las Islas Baleares número 48 del 3 de abril publica la convocatoria por parte de la Conselleria de Presidència de las ayudas para baleares emigrados en situación de necesidad. Las prestaciones se pueden solicitar hasta el próximo 30 de junio y su cuantía oscila entre los 300 y los 750 euros, siendo en el caso de Cuba de la mitad.
Las ayudas se pueden pedir por razón de ancianidad, en cuyo caso los demandantes deben tener al menos 65 años; por necesidad de asistencia sanitaria, cuando la persona padezca una enfermedad grave, una invalidez o una discapacidad que limite su autonomía -se incluye, también, la adquisición de prótesis-; por emergencia social; o por sufrir un infortunio familiar grave.
El modelo de solicitud se puede obtener en la siguiente web. Las ayudas que se presentaron en 2011 y no se pudieron tramitar se pueden reactivar este año si se reitera la voluntad por escrito.
Las solicitudes se deben dirigir a la sede de la Fundació Balears a l’Exterior (Plaça de la Drassana,4, 07012, Palma, Islas Baleares, España). Además, se pueden tramitar a través de las Casas Baleares del exterior.
Nuestro agradecimiento a Jorge Navós por facilitarnos los datos sobre esta convocatoria.
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