Protocolo que modifica el Convenio entre España y Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 15/04/2014
Comentario:

BélgicaProtocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el Protocolo, firmados en Bruselas el 14 de junio de 1995, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 22 de junio de 2000 y por el Protocolo hecho en Bruselas el 2 de diciembre de 2009, hecho en Madrid el 15 de abril de 2014.

  • El presente Protocolo entró en vigor el 24 de julio de 2018, fecha de la última de las notificaciones efectuadas por las Partes informando del cumplimiento de sus requisitos internos, según se establece en su artículo III (Texto completo).
  • Mediante este Protocolo se modifican los artículos 3.1.h) y 26.1 del Convenio entre España y Bélgica de 14 de junio de 1995.

Texto modificado:

  • Convenio entre España y Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y Protocolo, hecho en Bruselas el 14 de junio de 1995, y del Acta que lo modifica, hecha en Madrid el 22 de junio de 2000 (Texto completo). 

Normativa relacionada

  • Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y el Reino de Bélgica tendente a evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y el Protocolo, firmados en Bruselas el 14 de junio de 1995, modificados por el Acta Adicional firmada en Madrid el 22 de junio de 2000, hecho en Bruselas el 2 de diciembre de 2009. El presente Protocolo entró en vigor el 23 de abril de 2018, en la fecha de la última de las notificaciones por las que las Partes se informaron de la conclusión de sus respectivos requisitos internos, según se establece en su artículo II. El Protocolo tiene por objeto actualizar, por una parte, la definición de "autoridad competente" de Bélgica incluida en el vigente Convenio bilateral para evitar la doble imposición, firmado en 1995 y, por otra, la referencia a la atribución competencial de los impuestos sujetos al régimen de intercambio de información que introduce el anterior Protocolo de modificación, suscrito en 2009, de dicho Convenio  (Texto completo).

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