Contestación a la pregunta acerca la donación de órganos por inmigrantes en situación administrativa irregular.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Trabajos parlamentarios
Fecha: 02/01/2013
Comentario:

Contestación a doña Gracia Fernández Moya (GS) y a doña María Consuelo Rumí Ibáñez (GS) sobre opinión de la Ministra acerca de que una persona inmigrante en situación administrativa irregular puede ser donante de órganos, aun no teniendo derecho a ser titular de tarjeta sanitaria (núm. reg. 38768).

  • Respuesta:     Toda persona que precise atención urgente a consecuencia de una enfermedad aguda sobrevenida, y que precisa un trasplante para salvar su vida, lo recibe, independientemente de su situación administrativa. Por tanto si tiene acceso al trasplante, también puede ejercer su derecho a donar órganos.

Normativa relacionada:

  • Pregunta de referencia
  • RD 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad. Este RD transpone la Directiva 2010/53/UE y deroga el RD 2079/1999

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Otras contestaciones:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León