Noticias
Convenio entre España y Marruecos sobre cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
13/02/2019
Comentario:
Convenio entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia, hecho en Rabat el 13 de febrero de 2019.
- El presente Convenio entrará en vigor el 30 de abril de 2022, último día del mes siguiente a la fecha de la última comunicación entre las partes señalando el cumplimiento de los respectivos requisitos internos, según se establece en su artículo 14..
- Este Acuerdo responde a la preocupación que España y Marruecos comparten por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por los retos que plantean a la seguridad el tráfico de personas, el terrorismo, el narcotráfico y las nuevas manifestaciones de la delincuencia transnacional organizada.
- Este Acuerdo, estructurado en un preámbulo y quince artículos, regula los aspectos más importantes que interesan en el ámbito de la cooperación, especificando con gran detalle los delitos a los que se extenderá la misma.
- El Acuerdo regula los aspectos más importantes que interesan en el ámbito de la cooperación y especifica los delitos a los que se extenderá la misma. Son especialmente relevantes las previsiones relativas a la lucha contra el crimen organizado, con referencia específica al terrorismo, así como la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas.
- Se establecen las condiciones para proceder al intercambio de información entre los dos países, y cabe destacar la garantía en la protección de la confidencialidad y el uso de la información en virtud de las respectivas legislaciones nacionales. El Acuerdo prevé que en caso necesario. España y Marruecos podrán establecer una comisión mixta para desarrollar y evaluar la cooperación regulada por el mismo.
- La aplicación del Acuerdo no afectará a cuestiones relativas a la prestación de asistencia judicial en procesos penales y en materia de extradición.
- También determina cuales son los órganos competentes para su aplicación práctica (Texto completo).
Solicitud de autorización a las Cortes Generales para su ratificación:
- Inicio de la tramitación parlamentaria: BOCG, 18.09.2020.
Noticias relacionadas:
- Acuerdo con Marruecos sobre cooperación en seguridad y lucha contra la delincuencia. © Moncloa.es es (Consejo de Ministros: 29.12.2017).
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las CG del Convenio entre España y Marruecos sobre cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia. © Moncloa.es es (Consejo de Ministros: 08.09.2020).
- El BOE publica un acuerdo con Marruecos sobre inmigración y terrorismo firmado en 2019.
Otros paises con Convenios bilaterales sobre la misma materia:
- Albania, Angola, Arabia Saudí, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Camerún, Costa de Marfil, Croacia, Ecuador, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Filipinas, Georgia, Jordanía, Mali, Marruecos, Mauritania, México, Moldova, Niger, Panamá, Perú, Serbia, Túnez, Turquía y Uzbekistán.
Convenios bilaterales que nos vinculan con Marruecos:
- Convenio sobre menores.
- Convenio de extradición
- Convenio de cooperación judicial en materia civil, mercantil y administrativa.
- Canje de notas sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
- Convenio sobre asistencia judicial en materia penal.
- Acuerdo en materia de cooperación policial transfronteriza.
- Acuerdo relativo a la circulación de personas, el tránsito y la readmisión de extranjeros entrados ilegalmente.
Convenios entre España y la Unión Europea:
Algunos de los textos multilaterales que nos vinculan con Marruecos:
- Declaración de aceptación por España de la adhesión del Reino de Marruecos al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
- Declaración aceptación por España de la adhesión del Principado de Marruecos al Convenio relativo a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil.