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Notificación de Polonia a la Comisión Europea de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) núm. 562/2006 (Código de Fronteras Schengen).
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Reglamentos
Fecha:
09/06/2015
Comentario:
Notificaciones con arreglo al artículo 37 del Reglamento (CE) núm. 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). Posibilidad de que un Estado miembro disponga en su Derecho interno la obligación de poseer o llevar consigo documentos de conformidad con el artículo 21, letra c).
- De conformidad con el artículo 288 de la Ley de extranjería, durante su estancia en Polonia los extranjeros están obligados a estar en posesión de un documento de viaje válido y, si así se exigiera, de los documentos que les autoricen a permanecer o residir en el país. De conformidad con el artículo 294 de la Ley de extranjería, los extranjeros deben presentar estos documentos en caso de control (Texto completo).
- Modificación de la información facilitada por Polonia e el DO C 18 de 24.1.2008. Notificación de Polonia a la Comisión Europea de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) núm. 562/2006.
Otras notificaciones en virtud del mismo precepto: