Remisión a las Cortes del Acuerdo con Túnez supresión recíproca de visados para pasaportes diplomáticos.

Fecha: 16/06/2010
Comentario:

Remisión a las Cortes del Acuerdo con Túnez supresión recíproca de visados para pasaportes diplomáticos.

Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República Tunecina relativo a la supresión recíproca de visados para los titulares de pasaportes de servicio y especiales
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre España y Túnez relativo a la supresión recíproca de visados para los titulares de pasaporte de servicio y diplomáticos, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros en su reunión del 20 de noviembre de 2009.
El Acuerdo tiene por objeto promover las relaciones amistosas y de cooperación entre España y Túnez, y facilitar viajes oficiales de titulares de pasaportes de servicio y especiales entre los dos Estados.
En cuanto al contenido, cabe destacar especialmente los puntos en los que se hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de uno de los países en el territorio del otro para estancias de un máximo de noventa días en un periodo de 180 días (seis meses), siempre que no ejerzan una actividad remunerada durante su estancia y siempre que no se trate de la entrada efectuada con fines de acreditación.
En lo que se refiere a España, se aplicará a los titulares de pasaporte de servicio y en el caso de Túnez, a los de pasaporte especial.
Contiene, asimismo, la cláusula Schengen, lo que facilitará el cómputo del tiempo de estancia sin visado en el conjunto de territorios en los que es de plena aplicación el Convenio de ese nombre.

Normativa relacionada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León