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Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Cabo Verde.
Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Cabo Verde.
El Consejo de Ministros celebrado el día 15 de febrero de 2013 ha autorizado la remisión a las Cortes Generales el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Cabo Verde, cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros el 27 de mayo de 2011.
El Convenio que tiene por objeto garantizar el mantenimiento de los derechos de seguridad social de los trabajadores que se desplazan entre ambos países, así como el ahorro social de los empresarios que desplazan trabajadores de un país a otro.
Se trata de un texto inspirado en los Reglamentos Comunitarios e incluye disposiciones específicas que contemplan las legislaciones de ambos países, por lo que facilitará la libre circulación de los trabajadores y contribuirá a afianzar los lazos de amistad mutua entre los dos Estados.
El presente Convenio incluye, en su ámbito material de aplicación, las siguientes prestaciones de carácter contributivo: incapacidad permanente, jubilación y supervivencia, y prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
En lo que se refiere al ámbito subjetivo, el Convenio se aplicará a los trabajadores que estén o hayan estado sujetos a la legislación de uno o ambos países, así como a sus familiares y a sus supervivientes o dependientes legales beneficiarios.
Asimismo, el Convenio regula otros aspectos importantes en materia de Seguridad Social, como son la igualdad de trato, la totalización de periodos de seguro para causar derecho a las prestaciones y la exportación de éstas al otro país o a un tercer país si el interesado reside en éste.
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