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La nacionalidad directa es la opción que propone Ecuador.
La nacionalidad directa es la opción que propone Ecuador.
Diario EL COMERCIO del Ecuador
Semana del viernes 7 al jueves 13 de mayo del 2010
El embajador ecuatoriano, Galo Chiriboga, informó de las gestiones que se están realizando con el Gobierno español para solucionar la situación de la nacionalidad de los hijos de ecuatorianos nacidos en España. Estos menores ya no adquieren la nacionalidad española al nacer, pues la Constitución ecuatoriana, aprobada en 2008, les otorga la de sus padres.
La interpretación, a través de un dictámen, establecería que “en virtud de dicha disposición, no se transmite la nacionalidad ecuatoriana en el extranjero de manera automática sino que previamente se requeriría la realización de actos posteriores, tales como la inscripción consular, domiciliarse en el Ecuador o la manifestación de voluntad de ser ecuatoriano formulada a partir de los 18 años de edad por los residentes en el extranjero”.
De acuerdo con la Embajada este dictamen permitiría a España contar con un elemento básico para que las autoridades interpreten el derecho del extranjero, favoreciendo la obtención de la nacionalidad española para los nacidos en este país. Además, se entiende que los derechos de los ciudadanos necesitan desarrollarse a través de normas y reglamentos a fin de interpretar las disposiciones y definir sus alcances.
Noticia completa (fichero asociado).
Normativa referenciada:
- Circular de la DGRN de 16 de diciembre de 2008, sobre aplicación del artículo 17.1.c) del Código Civil respecto de los hijos de los extranjeros nacidos en España (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Circular_DGRN_16_12_2008).
Ficheros Asociados
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ecuatorianos (1,6 MB)