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Se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre supresión recíproca de visados.
Acuerdo por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, así como su aplicación provisional.
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre supresión recíproca de visados en pasaportes diplomáticos, así como su aplicación provisional.
La posibilidad de adoptar Acuerdos de supresión de visados sobre pasaportes diplomáticos está contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros, también permite a los Estados miembros establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes diplomáticos.
En el Acuerdo se hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares de pasaporte diplomático, en el territorio del otro para estancias de corta duración (noventa días por semestre), delimitándose las estancias y fijándose las fechas de cómputo de las mismas. Se recoge también la denominada cláusula Schengen, en virtud de la cual el cómputo del tiempo de estancia sin visado se lleva a cabo en el conjunto de los territorios de los Estados en los que es de aplicación el Convenio Schengen. De esta forma, para la delimitación del periodo de tres meses se empieza a contar desde la fecha en que se hubiera cruzado la frontera exterior que delimita la zona de libre circulación constituida por tales Estados.
Los signatarios están, además, obligados a intercambiar ejemplares de los respectivos pasaportes diplomáticos vigentes y a informarse mutuamente de las modificaciones en sus respectivas normativas de expedición de pasaportes diplomáticos así como sobre el cambio de su formato.
Otros acuerdos adoptados en el mismo Consejo de MInistros: