Derecho a un juicio imparcial: los gobiernos de la UE respaldan una normativa que garantiza el derecho a la información de los sospechosos en procesos penales.

Fecha: 03/12/2010
Comentario:

Derecho a un juicio imparcial: los gobiernos de la UE respaldan una normativa que garantiza el derecho a la información de los sospechosos en procesos penales.

Los Estados miembros de la UE han respaldado hoy un proyecto de normativa que garantiza el derecho a la información de los imputados en los procesos penales, apenas cuatro meses después de que la Comisión presentara la propuesta (véase IP/10/989). Los sospechosos de delitos deberán ser informados de sus derechos en una lengua que entiendan. La medida garantizará que los países de la UE suministran a toda persona detenida o que sea objeto de una órden de detención europea, una Declaración de Derechos en la que se enumeren los derechos básicos durante los procesos penales. La Comisión ha enviado un modelo de Declaración a los Estados miembros que se traducirá a 22 idiomas de la UE. El Parlamento Europeo deberá ahora votar la medida. Además del derecho a la traducción e interpretación (véase IP/10/1305 y MEMO/10/351), el derecho a la información en los procesos penales es parte de una serie de garantías procesales cuyo objetivo es reforzar la confianza en el espacio único de justicia de la UE.
«El acuerdo hoy alcanzado por los Ministros de Justicia de la UE sobre la Carta de Derechos es otro paso dirigido a garantizar el derecho a un juicio imparcial en los procesos penales a los sospechosos en cualquier país de la UE», ha declarado la Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE. «Estoy muy satisfecha de la diligencia que han demostrado los gobiernos de la UE a la hora de tratar esta medida tan importante.» Confío en que el Parlamento Europeo pueda votar lo antes posible esta importante medida de modo que los ciudadanos obtengan resultados tangibles. Estamos construyendo un auténtico espacio único de justicia que fomentará la confianza mutua entre los ciudadanos y las autoridades judiciales de los 27 Estados miembros. Estamos garantizando el respeto de unas normas procesales mínimas en el territorio de la UE.»
Una vez en vigor, la nueva medida obligará a la policía y al ministerio fiscal a suministrar a los sospechosos información sobre sus derechos. Cuando se proceda a la detención, las autoridades deberán entregar esta información por escrito, en una Carta de derechos, redactada en un lenguaje sencillo y cotidiano, que se facilitará al sospechoso tras su arresto, independientemente de si la solicita o no, y traducida en caso necesario.

La Declaración de derechos contendrá información práctica del derecho de los acusados:

  • a la asistencia letrada;
  • a ser informado de los cargos y, cuando proceda, a tener acceso al expediente,
  • a la interpretación y a la traducción para quienes no comprendan el idioma de procedimiento;
  • a comparecer con prontitud ante un tribunal tras la detención.



La Declaración de derechos contribuirá a evitar errores judiciales y a reducir el número de recursos. En un caso reciente, los órganos jurisdiccionales del Reino Unido ejecutaron una orden de detención europea portuguesa dirigida contra un ciudadano británico. La ejecución de la orden, relativa a una pena a dos años de prisión, llevó más de 14 meses y requirió seis decisiones de órganos jurisdiccionales. La administración de justicia habría sido más rápida y menos onerosa si se hubieran comunicado los cargos en el primer momento del proceso penal. Además, se hubieran evitado recursos innecesarios.
Todos los años tienen lugar 8 millones de procesos penales en la UE. En la actualidad, las probabilidades de que un ciudadano cuente con una información adecuada sobre sus derechos en caso de detención varía según el Estado miembro de la UE, aunque todos han firmado los derechos a un juicio imparcial del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. En algunos Estados miembros, los sospechosos solo reciben información oral sobre los derechos procesales, y en otros la información escrita es técnica, compleja y solo se proporciona si se solicita.
Antecedentes
El Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, permite a la UE adoptar medidas para reforzar los derechos de los ciudadanos de la UE, de acuerdo con la Declaración de los Derechos Fundamentales de la UE, en particular los derechos de los ciudadanos en los procesos penales.
Los derechos a un juicio imparcial y a la defensa se recogen en los artículos 47 y 48 de la Declaración de los Derechos Fundamentales de la UE, así como en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La Directiva sobre el derecho a la información en los procesos penales constituye el segundo paso en una serie de medidas para establecer normas comunes de la UE en los asuntos penales.
La primera medida, que otorga a los sospechosos el derecho a la traducción y a la interpretación, ya ha sido aprobada por el Consejo (IP/10/1305). La Comisión propuso la segunda medida – Declaración de Derechos – en julio de 2010 (IP/10/989) y hoy la ha aprobado el Consejo de la Unión Europea. Las próximas medidas previstas por la Comisióin para 2011 serán una Directiva sobre el derecho a la asistencia letrada a la que seguirá el derecho a comunicarse con familiares, empleadores y autoridades consulares.

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