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Los niños de la UE se beneficiarán de un sistema más rápido para el cobro de pensiones alimenticias procedentes del extranjero.
El dolor ocasionado por un divorcio o separación se ve con mucha frecuencia agravado por la presión financiera y emocional que se produce cuando uno de los progenitores reside en el extranjero y se niega a prestar ayuda económica. Con una población estimada en 16 millones de parejas internacionales y 30 millones de ciudadanos de la UE residentes en países terceros, los problemas del cobro de pensiones alimenticias procedentes del extranjero en beneficio de los hijos, seguirán aumentando. Por ejemplo, una pareja residente en Francia se divorcia y el padre se traslada a los Estados Unidos. ¿Seguirá el hijo recibiendo la pensión alimenticia que le asignó un tribunal francés? De acuerdo con un nuevo Convenio firmado hoy por la UE, las autoridades estadounidenses cooperarán con las de la Unión Europea para garantizar que el padre cumple sus obligaciones y que el niño sigue recibiendo la ayuda. El Convenio de la Haya sobre las Obligaciones Alimenticias respecto a Menores establece un sistema mundial para el cobro de la ayuda destinada al hijo y otros pagos para el sustento de la familia. Este Convenio establece un marco jurídico común entre los países de la UE y los países no pertenecientes a la UE, con el fin de que las autoridades cooperen en la ejecución de las pensiones alimenticias y los deudores dejen de eludir sus obligaciones saliendo de la UE. También prevé asistencia jurídica gratuita para los casos de ayuda a hijos de parejas internacionales. El Convenio complementa las propias normas de la UE sobre reconocimiento y aplicación de las resoluciones sobre ayudas alimenticias, que entrarán en vigor el 18 de junio de 2011.
«Cuando las familias se rompen, suelen ser los hijos los que más sufren», dijo la Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE. «La UE ya dispone de normas sólidas para garantizar que los hijos reciben ayuda económica si uno de los progenitores vive separado de ellos en otro Estado miembro de la UE. La firma por la UE de este Convenio internacional garantizará que los hijos siguen recibiendo la misma protección aunque uno de los progenitores se traslade a otro país fuera de la UE. El interés de los hijos debe primar y los progenitores no podrán eludir sus responsabilidades abandonando la UE. Insto a nuestros socios internacionales a que se unan a nosotros y ratifiquen este Convenio con prontitud.»
El nuevo Convenio creará un marco jurídico común entre la UE y los países no pertenecientes a la UE que lo ratifiquen, para facilitar el cobro internacional de las pensiones alimenticias familiares. Habida cuenta de que la gran mayoría de las pensiones alimenticias se refieren a niños, el Protocolo es, ante todo, una medida de protección del menor. Establece un sistema de cooperación entre las autoridades nacionales, proporciona asistencia jurídica gratuita en los casos de ayuda a menores, e incluye procedimientos para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales sobre obligaciones de alimentos.
Este nuevo sistema también acelerará los procedimientos para localizar a los deudores en paradero desconocido, que actualmente son dilatados y farragosos. A nivel internacional, el Convenio completa el sistema de la Haya relativo al Derecho de familia ya en vigor en lo que respecta al secuestro de hijos, la responsabilidad parental y la adopción internacional.
Tras la firma hoy del Convenio por la Presidencia húngara en nombre de la UE, los Estados miembros de la UE tendrán que adoptar una decisión para que la UE celebre formalmente (o ratifique) el Convenio. Está previsto que el acuerdo de los Ministros de Justicia se alcance en una reunión del Consejo de Justicia y Asuntos de interior que se celebrará los días 9 y 10 de junio de 2011. A continuación, la UE podrá depositar el instrumento de ratificación tras el período de aplicación de 18 meses previsto, con lo que el Convenio entrará en vigor en 2013.
Los Estados Unidos, Noruega y Ucrania ya han firmado el Convenio, mientras que se espera que otros países que negociaron el Convenio (como Japón, China, Rusia, Australia, Canadá y Brasil) procedan de la misma manera en el momento en que la UE y EE.UU. pasen a la fase de ratificación.
Antecedentes
No existen estadísticas internacionales sobre el número de casos de pensiones alimenticias que requieren cobro transfronterizo. No obstante, se calcula que en la UE residen unos 16 millones de parejas internacionales, y que alrededor de 30 millones de ciudadanos de la UE residen fuera de la Unión Europea. Además, durante 2007 (último dato disponible) se registraron 1,2 millones de divorcios en los 27 países de la UE. Estas cifras indican un problema importante en lo que respecta al tratamiento y la ejecución de pagos de pensiones alimenticias por parte de progenitores ausentes que puede que no residan en la UE.
El Convenio de la Haya sobre cobro internacional de alimentos de 2007 complementa la legislación interna de la UE sobre pensiones alimenticias adoptada el 18 de diciembre de 2008: El Reglamento (CE) núm. 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos. El Reglamento y el Protocolo sobre la ley aplicable entrarán en vigor entre los Estados miembros de la UE el 18 de junio de 2011.
La celebración del Convenio por la UE reforzará las normas vigentes de la UE sobre el reconocimiento y la ejecución de resoluciones sobre alimentos, así como la cooperación administrativa entre las autoridades centrales mediante la creación en la UE de un conjunto armonizado de normas respecto de los terceros países que se conviertan en partes contratantes del Convenio.
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