Se remite a las Cortes Generales Proyecto de Ley de Registro Civil y el Proyecto de Ley orgánica, complementaria de la Ley del Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Fecha: 23/07/2010
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Se remite a las Cortes Generales Proyecto de Ley de Registro Civil y el Proyecto de Ley orgánica, complementaria de la Ley del Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Aprobado el nuevo Registro Civil.

Será electrónico y con una base de datos común para toda España.
La nueva Ley es uno de los objetivos centrales de la política de Justicia para esta legislatura y supone un cambio profundo del actual modelo, vigente desde 1957.
Dejarán de expedirse los tradicionales libros de familia, que serán sustituidos por certificaciones registrales.
Se sustituye el Registro de hechos por un Registro Civil de personas y cada ciudadano tendrá una ficha personal única, donde constará todo su historial civil. Con la inscripción de nacimiento se le asignará un Código Personal de Ciudadanía.
Los ciudadanos y las distintas Administraciones tendrán acceso informático a los datos y se podrán obtener certificaciones por Internet.
El Proyecto de Ley incorpora elementos básicos para la protección de la igualdad, la dignidad y la intimidad de los ciudadanos.
El Consejo de Ministros también ha aprobado la remisión a las Cortes Generales de un Proyecto de Ley Orgánica, complementaria de la Ley del Registro Civil, por el que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial para adaptar la regulación de las atribuciones de los Juzgados y Tribunales en relación con el Registro Civil a la nueva normativa

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