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Rajoy busca cambios en la ley de Extranjería para mover el ladrillo.
Rajoy busca cambios en la ley de Extranjería para mover el ladrillo. Inmigración se plantea incluir el punto de ’régimen de residencia por inversión’.
Maite Cabrerizo. © El Economista.es.
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Algunos datos a retener: Residencia por inversión nada nuevo bajo el Sol (información facilitada por SOS RACISME).
Esta posibilidad ha existido siempre desde 1985:
- 1. En la Ley de Inversiones extranjeras en España, solo que para obtener este tratamiento FISCAL, el inversor no debe optar por la condición de Residente, pero tendrá un estatus preferencial para entrar y salir del país.
- 2. En la Ley de Extranjería: Residentes sin actividad laboral, con Patrimonio o RENTA procedente del exterior o de bienes en España: LO 4/2000: Artículo 31. Situación de residencia temporal. 2. La autorización inicial de residencia temporal que no comporte autorización de trabajo se concederá a los extranjeros que dispongan de medios suficientes para sí y, en su caso, para los de su familia. Reglamentariamente se establecerán los criterios para determinar la suficiencia de dichos medios". Artículo 32. Residencia de larga duración. 1. La residencia de larga duración es la situación que autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. ...4. Con carácter reglamentario se establecerán criterios para la concesión de otras autorizaciones de residencia de larga duración en supuestos individuales de especial vinculación con España. En el RD 557/2001 (RELOEX): Residencia de larga duración. Artículo 148. Supuestos. 3. La autorización de residencia de larga duración también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos: g) Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior".
De aquí se puede deducir que es la voluntad del Gobierno lo que prima. Ahora bien, siempre que se hace referencia a la Ley de Extranjería, hay una tendencia a entender que es para “pobres”, que es para inmigrantes, sin tener en cuenta que al día de hoy, lo sabemos que no hay mayor inconveniente en la concesión de permisos de estudios e investigación, entre otros supuestos VIP (arts. 37 a 51, 73 A 96 , 117 A 119 , 178 A 181, da Primera, 4º, entre otras del RD 557/2011 RELOEX)
En USA, la inversión de 1 millón de dólares da derecho a la CIUDADANIA (Especialmente conocido por los Latinoamericanos que han “sacado el dinero de sus países de origen, para trasladarlo a un “lugar seguro”, es la inversión inmobiliaria en KEY BISCAYNE (FL.)