Concesión de la nacionalidad española a los últimos 220 sefardíes que iniciaron el trámite antes del pasado mes de octubre.

Fecha: 05/08/2016
Comentario:

 

Concesión de la nacionalidad española a los últimos 220 sefardíes que iniciaron el trámite antes del pasado mes de octubre.

  • El Consejo de Ministros ha aprobado el RD /2016, de 5 de agosto por el que se concede la nacionalidad por carta de naturaleza a un 220 sefardíes que antes del 1 de octubre de 2015, fecha de entrada en vigor de la Ley 12/2015, acreditaron debidamente su condición de sefardí de origen español ante la Dirección General de los Registros y del Notariado pero no pudieron ser incluidos en el RD 893/2015, debido a razones operativas de la propia tramitación de la norma. Entre los beneficiados del RD se halla  el Gran Rabino de Jerusalén, Salomón Amar,
  • Para que la concesión de la nacionalidad tenga eficacia, el interesado deberá entregar en el Registro Civil que le corresponda por domicilio los certificados de nacimiento y de antecedentes penales, y tendrá que jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, de acuerdo a lo establecido en el art. 23 Código Civil redacción dada por la Ley 12/2015. Los interesados disponen de 180 días desde que reciban la notificación personal para acreditar que cumplen con los requisitos.

Fuente: © Moncloa.es. Consejo de Ministros (05.08.2016).

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