Repatriación de españoles en Centroamérica.

Fecha: 19/05/2020
Comentario:

 

Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de transporte de un vuelo chárter a Centroamérica para la repatriación de españoles, por un importe de 544.486,47 euros.

  • El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación del servicio de transporte de un vuelo chárter a Centroamérica para la repatriación de españoles, por un importe de 544.486,47 euros.
  • De acuerdo con lo establecido en el Artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y en el Artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 se da cuenta al Consejo de ministros del acuerdo por el que se declara la emergencia para la contratación para la contratación del servicio de transporte de un vuelo chárter a Centroamérica para la repatriación de españoles.
  • Esta tramitación de emergencia se deriva de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, elevada a pandemia internacional, por la Organización Mundial de la Salud mediante declaración del pasado 11 de marzo de 2020. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos.
  • Con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria COVID-19, el Gobierno de España, conforme al Artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma, en todo el territorio nacional.
  • Por su parte, el Artículo 2.2.j) de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, establece entre los objetivos de la Política Exterior de España "la asistencia y protección a sus ciudadanos". Asimismo, de acuerdo con el Artículo 1 del Real Decreto 1271/2018, de 11 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, "corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de conformidad con las directrices del Gobierno […] proteger a los españoles en el exterior".
  • Esta situación de emergencia sanitaria mundial provocó que un gran número de turistas españoles que se encontraban en países iberoamericanos no pudiera regresar a España como consecuencia de la cancelación por parte de las compañías aéreas que operan regularmente esas rutas aéreas o debido al cierre de fronteras decretado por las autoridades. En este sentido, ante la imposibilidad de alternativas comerciales que permitieran el regreso de turistas españoles que se encontraban en varios países iberoamericanos como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades de esos países para hacer frente a la crisis del COVID-19, se hizo necesario habilitar los medios necesarios para la repatriación de los mismos con la mayor premura posible.
  • Por ello, se procedió con carácter inmediato, a la contratación de un servicio de transporte de un vuelo chárter por importe de 544.486,47 euros.
  • La contratación de este servicio de transporte se realizó mediante tramitación de emergencia, al poderse subsumir en uno de los supuestos contenidos en el Artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19.

Fuente: ©  Moncloa.es (Consejo de Ministros: 19.05.2020).

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