Renovación de las restricciones de entrada a España desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica.

Fecha: 23/02/2021
Comentario:

Renovación de las restricciones de entrada a España desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica.

El Consejo de Ministros ha renovado los plazos de vigencia de las restricciones de entrada a España desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo dando continuidad a los acuerdos alcanzados con fecha 22 de diciembre de 2020 en el primer caso y  2 de febrero en los otros dos.

  • De esta manera se continúan limitando los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles, desde las 18:00 horas del día 2 de marzo hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo, ambas según hora peninsular. Según lo previsto en el acuerdo, la realización de vuelos desde cualquier aeropuerto situado en el Reino Unido a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias, únicamente podrá llevarse a cabo cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra.
  • Así mismo, sólo se permitirá la entrada en los puertos españoles a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre puertos del Reino Unido y España que hayan embarcado pasajeros en puerto británico cuando se trate de buques que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra. El acuerdo establece, no obstante, algunas excepciones a dichas limitaciones, y habilita al Ministerio de Sanidad para poder levantar la limitación prevista, autorizando puntualmente vuelos de aeronaves o entrada de buques por razones justificadas.
  • Además, también se da continuidad a la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, desde las 18:00 horas del día 2 de marzo hasta las 18:00 horas del día 16 de marzo, también hora peninsular.
  • Según lo previsto en el acuerdo, la realización de vuelos desde cualquier aeropuerto situado en la República Federativa de Brasil o en la República de Sudáfrica a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias, únicamente podrá llevarse a cabo cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
  • El acuerdo establece, no obstante, algunas excepciones a dichas limitaciones, y habilita al Ministerio de Sanidad para poder levantar la limitación prevista, autorizando puntualmente vuelos de aeronaves por razones justificadas.
  • Esta medida se comunicará, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a la Comisión Europea y al resto de Estados miembros y, a través del Ministerio de Sanidad, se realizará la correspondiente notificación a la Organización Mundial de Salud en aplicación del Reglamento Sanitario Internacional.

Fuente: © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 23.02.2021).

Normativa relacionada:

Normativa aprobada en la misma sesión del Consejo de Ministros:

  • Acuerdo por el que se aprueba la firma ad referendum del Convenio de Seguridad Social entre España y Senegal.
  • Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre España y Senegal. 
  • RD 118/2021. Modifica el RD 53/2013, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
  • RD 123/2021. Designa Embajador en Misión Especial para la Lucha contra la Trata de Seres Humanos a don Carlos Ruiz González.
  • RD 133/2021. Nombra Secretario General Técnico a don Pablo López Pietsch.

 

Otros acuerdos de anteriores Consejos de Ministros:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León