Continuación del procedimiento de extradición del excoronel colombiano acusado de dos delitos de homicidio agravado.

Fecha: 31/03/2017
Comentario:

Continuación del procedimiento de extradición del excoronel colombiano acusado de dos delitos de homicidio agravado.

El Consejo de Ministros ha aprobado la continuación del procedimiento de extradición del excoronel del Ejército colombiano Óscar Alberto Acuña Arroyo, acusado de dos delitos de homicidio agravado.
El reclamado, que se encuentra en España en situación de prisión provisional tras su detención el pasado mes de febrero, está condenado a veintiocho años de prisión en Colombia por haber matado a dos civiles en marzo de 2006 en la localidad de Montería, siendo comandante del Grupo Militar Gaula, y haber justificado ante sus superiores el suceso como un enfrentamiento armado.
Según consta en la sentencia confirmada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Colombia, el entonces mayor Acuña Arroyo mintió a sus superiores respecto a un combate que nunca se produjo. La Fiscalía defiende que las víctimas fueron reclutadas con engaños referentes a ofertas laborales y viajaron desde el municipio de Caucasia hasta el de Montería con la promesa de trabajo en fincas de la zona. Sin embargo, una vez allí, fueron trasladadas en una camioneta del Grupo Gaula y asesinadas en el trayecto.

Fuente: © Moncloa.es (Consejo de Ministros.es. 31.03.2017).

Otros acuerdos adoptados en el Consejo de Ministros de 31.03.2017:

  • Acuerdo por el que se dispone la remisión a las CG del Convenio entre España y Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y de su Protocolo, y su ratificación. 
  • Acuerdo por el que se toma conocimiento de la terminación, en fecha 1 de enero de 2015, del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán sobre el tránsito de equipos y personal militares a través del territorio de la República de Kazajstán con motivo de la participación del Reino de España en los esfuerzos internacionales para la estabilización y reconstrucción de la República Islámica de Afganistán, hecho en Astaná el 2 de julio de 2009. 
  • RD-ley 6/2017. Aprueba la oferta de empleo público en los ámbitos de personal docente no universitario y universitario, Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas para 2017. Sobre el personal universitario, se deben tomar en consideración los siguientes preceptos: "Artículo 1. Oferta de empleo público para acceso a los cuerpos de funcionarios docentes en Administraciones Públicas con competencias educativas, cuerpos docentes universitarios, profesores contratados doctores de Universidad y a los cuerpos de policía dependientes de las Comunidades Autónomas. 1. Con respeto, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, se fija una tasa de reposición de efectivos de hasta un máximo del cien por ciento para los siguientes sectores: a) Las Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas de los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios. b) Los Cuerpos de Catedráticos de Universidad, de Profesores Titulares de Universidad y profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. c) Los Cuerpos de Policía Autónoma de aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos propios de dicha Policía en su territorio. 2. La validez de la tasa autorizada en el apartado anterior estará condicionada a que las plazas resultantes se incluyan en una Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, deberá ser aprobada por los respectivos órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el «Boletín Oficial de la Provincia», de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización del año 2017. La validez de dicha autorización estará igualmente condicionada a que la convocatoria de las plazas se efectúe mediante publicación de la misma en el Diario oficial de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de la publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyan las citadas plazas, con los requisitos establecidos en el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 3. Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Función Pública, además de cualquier otra información que les sea requerida, una certificación del número de bajas y altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las altas y bajas por concursos de traslado producidas como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria entre distintas Administraciones Públicas en el año inmediato anterior. 4. Para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de los respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas. 5. No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna".
  • RD 316/2017. Aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de Patentes. 
  • RD 322/2017. Designa Embajador de España en la República de Bulgaria a don Francisco Javier Pérez-Griffo  y de Vides
  • RD 323/2017. Designa Embajador de España en la República de Cuba a don Juan José Buitrago de Benito.
  • RD 324/2017. Designa Embajador de España en Jamaica a don Josep María Bosch Bessa
  • RD 325/2017. Designa Embajador de España en la República de Kenia a don Javier García de Viedma Bernaldo de Quirós
  • RD 326/2017. Designa Embajador de España en el Reino de Suecia a don Gabriel Busquets Aparicio
  • Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Vasile Agache. (paralímpico moldavo) 
  • Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Andrés Raúl Roca Rey Valdez (torero peruano).
  • Real Decreto por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Maya María Concepción Ruiz-Picasso Walter (Maya, hija de Picasso).
  • Acuerdo para tramitar en las Cortes el Proyecto de Ley por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
  • Se remite a las Cortes Generales Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

Acuerdos adoptados en otras sesiones anteriores del Consejo de Ministros:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León