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Anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario.
Fecha:
31/08/2021
Comentario:
Informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica del sistema universitario, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
El Consejo de Ministros ha sido informado por parte del Ministerio de Universidades sobre el Anteproyecto de Ley orgánica del Sistema Universitario.
Las principales propuestas de la Ley son:
- Apuesta por un sistema universitario de calidad
Uno de los principales vectores que ha vertebrado la acción de gobierno del Ministerio de Universidades en la actual legislatura ha sido la búsqueda permanente de la calidad del sistema universitario, estableciendo criterios de calidad para la creación y reconocimiento de universidades.
En la LOSU se consolida este compromiso y además se introduce, por primera vez, la evaluación permanente de la calidad de la actividad docente del profesorado por parte de las universidades y el impulso de la innovación docente.
Se intensifica la importancia de las diferentes agencias, nacionales y autonómicas, de evaluación y acreditación reconocidas en Europa para reconocimiento de títulos y de la carrera del personal docente e investigador.
Asimismo, esta ley promueve una financiación suficiente de las universidades bajo el objetivo del incremento del gasto educativo en los próximos años. - La equidad, herramienta fundamental para una universidad democrática
Esta nueva Ley se ha redactado con el profundo convencimiento de que la equidad es una herramienta fundamental para la democracia.
Así, la nueva LOSU incorpora diferentes medidas que ponen énfasis en esa equidad, tanto por razones de género como por otras razones.
Entre las medidas de equidad de género se encuentran la paridad entre mujeres y hombres en los órganos colegiados, la incorporación de unidades de igualdad y de diversidad en las universidades con recursos suficientes, los planes de igualdad de política universitaria y de recursos humanos, los protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo, un registro salarial que sirva para luchar contra la brecha de género en los salarios, acciones positivas en concursos de selección, una composición equilibrada de todas las comisiones de selección y evaluación, medidas de conciliación, corrección de los usos del tiempo, impacto de género del presupuesto universitario, e impulso de proyectos científicos con perspectiva de género así como la paridad en los equipos de investigación y el aumento de mujeres como investigadoras principales en las universidades.
A su vez, se incorporan otras medidas antidiscriminación como el cupo de discapacidad, la adecuación de los edificios y entornos universitarios para que sean accesibles, la no discriminación en el acceso a la universidad y en los derechos de los y las estudiantes, entre otras medidas.
En definitiva, un aspecto central en la Ley que pone de manifiesto la importancia que ha tenido el enfoque de género y antidiscriminación en la redacción de la misma. - La universidad como fuente de producción y transferencia de conocimiento, y de empleo de calidad
Uno de los objetivos de esta norma es hacer de la universidad una herramienta útil para toda la ciudadanía, conectándola con los diferentes agentes de nuestra sociedad y buscando una colaboración virtuosa entre las universidades y las instituciones públicas, las empresas, y las entidades sociales.
Para ello, la norma cuenta con diferentes herramientas que garantizan una colaboración estable de estas entidades con las universidades en actividades de investigación y transferencia del conocimiento. Consolida el apoyo a formas de emprendimiento e impulsa la investigación colaborativa entre universidades, empresas y entidades de diferente índole. Los doctorados industriales, la formación permanente a lo largo de la vida, así como el reconocimiento y las pasarelas con los estudios de formación profesional superior son otras de las diferentes medidas que esta LOSU impulsa para ayudar desde las universidades a nuestra sociedad y economía en la búsqueda de un empleo estable y de calidad.
En esta misma dirección, la LOSU otorga una alta relevancia a la producción y transferencia del conocimiento estableciendo que todas las universidades dediquen como mínimo un 5% de su presupuesto a la investigación. Las universidades públicas deberán establecer una reserva de plaza del 15% de entre las plazas permanentes para investigadores e investigadoras, promocionando el liderazgo de los y las jóvenes investigadoras, e impulsando la transferencia de conocimiento a entidades, instituciones y empresas. - Sentar las bases para terminar con la precariedad en la universidad: un objetivo prioritario
Uno de los principales problemas que afrontan nuestras universidades es la situación de precariedad en la que se encuentra parte de su personal, principalmente del profesorado asociado. Acabar con esa situación estructural de precariedad se ha convertido en una demanda principal de muchos de los actores de la comunidad universitaria, conscientes de la relación directa que tiene con la calidad de la enseñanza.
Así, la nueva LOSU dota de diferentes herramientas y dispositivos legales a las universidades para hacer frente a dicho problema y sentar así las bases que permitan terminar con esta situación de precariedad.
Primero de todo, a través de una definición predecible y estable de la carrera académica con tres niveles de progresión: incorporación, consolidación y promoción. En segundo lugar, reduciendo la temporalidad en la contratación del personal docente e investigador de las universidades, pasando del 40% en la LOU al 20%. En tercer lugar, la ley contempla un aumento en la estabilización, pasando del 51% al 55% el porcentaje mínimo de profesorado funcionario que deben tener las universidades públicas.
Esta nueva ley ofrece además varias vías de entrada y estabilización a la carrera académica al profesorado asociado que no cuente con un trabajo principal fuera de la universidad y desee hacer carrera académica. Por un lado, establece una reserva de plaza de mínimo el 15% para profesorado asociado con título de doctor y con una relación contractual previa mínima de cinco años con la universidad, en los programas de promoción y estabilización en aquellas universidades que tengan más del 15% de su plantilla, contada en efectivos, de profesorado asociado. Por otro lado, se crea la figura transitoria del Profesorado Contratado No Doctor destinada a personas que hayan tenido una relación contractual como docente durante un mínimo de cinco cursos académicos con alguna universidad pública mediante alguna figura contractual de carácter temporal, con el objetivo de que obtenga el título de doctor. Por último, la LOSU introduce en todos los concursos la equiparación entre los méritos de docencia y los de investigación. - Igualdad de oportunidades en el acceso a la Universidad
Uno de los principales retos del actual Ministerio de Universidades desde su llegada ha sido la democratización en el acceso a la universidad. Las diferentes actuaciones en torno a precios públicos de las tasas universitarias, así como el acceso a las becas son los dos principales pilares que así lo demuestran. En la LOSU se reconoce el derecho del estudiantado a acceder a becas y ayudas al estudio en función de criterios socioeconómicos. Así se promueve la igualdad de oportunidades en el acceso a la Universidad y en la permanencia del estudiantado en las enseñanzas universitarias.
Asimismo, la ley determina que la Conferencia General de Política Universitaria en la que participan el conjunto de Comunidades Autónomas establecerá anualmente el límite máximo para los procesos públicos de las matrículas. - Internacionalización de las universidades
La nueva ley tiene también como objetivo aumentar el grado de internacionalización del sistema universitario español, fomentando alianzas interuniversitarias para el desarrollo de títulos y programas conjuntos con universidades extranjeras y los doctorados de cotutela internacional. Garantiza la movilidad nacional e internacional del profesorado universitario, del estudiantado y del personal de administración y servicios a través del refuerzo de programas como el Erasmus+. Asimismo, modifica la figura actual del profesor y profesora visitante e introduce una nueva de profesorado distinguido para atraer talento a la universidad. - Una ley de futuro
En definitiva, esta nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario se constituye como una herramienta fundamental para el futuro y el desarrollo sostenible. Ha sido pensada, consultada y diseñada con la ambición no solo de alcanzar estándares de calidad establecidos en otros países de nuestro entorno sino con la voluntad de que perdure y que sea capaz adaptarse a los profundos cambios que ya se están dando en nuestras sociedades y a los que puedan darse en los próximos años.
Fuente: © Moncloa.es es (Consejo de Ministros: 31.08.2021).
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- Luces y sombras de la tercera ley universitaria.
Otros acuerdos adoptados en la misma reunión del Ejecutivo:
- Ayuda humanitaria a la población afectada por el agravamiento de la pandemia de COVID-19 en la República de Túnez.
- Aprobado el Informe Anual de Evaluación Normativa 2020 y el Plan Anual Normativo de 2021.
- Declaración de emergencia para la contratación del servicio de asistencia técnica para la ampliación del sistema de declaración de viajeros internacionales.
Acuerdos adoptados en sesiones anteriores del ejecutivo: